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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2024 (24/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM, determinó los órganos que conforman la estructura del mismo, entre los cuales se encuentra la Gerencia General; Que, la Gerencia General, se constituye como la máxima autoridad administrativa del SERNANP, actúa como nexo de coordinación entre la alta dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo; disponiendo que será designado por resolución del Titular del Pliego; Que, mediante Memorando N° 00006-2024-SERNANP/ J-SGD de fecha 23 de mayo de 2024, el Jefe Institucional propone la designación del señor Danny Daniel Morales Dueñas, en el cargo de Gerente General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, con efectividad a partir del 24 de mayo de 2024; Que, asimismo, con el informe del visto, la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración indica que la propuesta presentada cumple con los requisitos establecidos en la normativa aplicable; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice la propuesta presentada. Asimismo, corresponde dejar sin efecto la Resolución Presidencial N° 000078-2024-SERNANP/J-SGD de fecha 04 de mayo de 2024, mediante la cual se encargó temporalmente las funciones de la Gerencia General al servidor Néstor Saldaña Campos; Con las visaciones de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; En uso de las atribuciones contenidas en el literal e) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, con efectividad a partir del 24 de mayo de 2024, al señor Danny Daniel Morales Dueñas en el cargo de Gerente General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, en atención a lo expuesto en la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Presidencial N° 000078-2024-SERNANP/J-SGD de fecha 04 de mayo de 2024, en atención a los considerandos de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: www.gob.pe/sernanp. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Jefe del SERNANP 2291656-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00045-2024-SENACE/PE Lima, 23 de mayo de 2024VISTOS: El Memorando N° 00103-SENACE-GG de la Gerencia General, el Informe N° 00050-2024-SENACE-GG-OPP, los Memorandos N° 377-2024-SENACE-OPP y N° 379-2024-SENACE-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000511-2024-SENACE- GG-OA de la O fi cina de Administración, el O fi cio N° 00196-2024-CG/SGE de la Contraloría General de la República y el Informe N° 00112-2024-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, establece que el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, Senace) es un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la citada Ley establece que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00122-2023-SENACE-PE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 052: Senace; que asciende a la suma de s/ 48 993 513,00 (cuarenta y ocho millones novecientos noventa y tres mil quinientos trece con 00/100 soles); Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República (en adelante, CGR), en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la CGR, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la CGR; Que, el tercer párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final dispone que, para efectos del fi nanciamiento, las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizados a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras a favor de la CGR, hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los órganos de control institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación; Que, conforme a lo dispuesto en el cuarto y quinto párrafo de la Disposición Complementaria Final antes mencionada, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la CGR, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; dicha resolución se debe publicar en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 422- 2023-CG se aprueba el inicio del proceso de incorporación a la CGR de ciento setenta y cinco (175) órganos de control institucional de las entidades priorizadas, entre las cuales se encuentra el Órgano de Control Institucional (en adelante, OCI) del Senace, por lo que se deberá ejecutar las acciones necesarias vinculadas con el proceso de incorporación, así como garantizar el normal desempeño de las funciones de los citados órganos, de acuerdo con el marco normativo vigente;