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80 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y; los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional: HA APROBADO POR UNANIMIDAD LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DECLARAR Y RECONOCER de interés y prioridad regional el Empoderamiento de la Mujer Rural como Agente de Desarrollo en la Región La Libertad. Artículo Segundo.- PROMOVER el empoderamiento de las mujeres rurales de la Región La Libertad, fortaleciendo sus organizaciones, reconocer y potenciar su aporte a la economía local, regional nacional; a través de programas de capacitación técnico - productiva, de emprendimiento económico, fi nanciación y facilitación de acceso a mercados, la participación social y política y la lucha contra los diferentes tipos de violencia. Artículo Tercero.- DISPONER, al Ejecutivo del gobierno Regional de La Libertad, para que, mediante la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Presupuesto, Agricultura, Desarrollo e Inclusión Social, Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Producción, Comercio Exterior y Turismo, proporcionen el soporte técnico y administrativo para la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, en coordinación con la Gerencia Regional de Presupuesto y Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, el monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación En Trujillo, a los 8 días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad. CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 2291301-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate ORDENANZA N° 2622 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA;POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 046-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE Artículo Primero.- Aprobar la recti fi cación del plano de zonifi cación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, publicada el 3 de septiembre de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, precisando la cali fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) para el lote 20 (141.33 m2) de la manzana 4-C, urbanización Salamanca, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 07065098; solicitado por Rolando Roque Gallardo Córdova y Rosa Elvira Gálvez Saldaña; haciendo extensiva, de o fi cio, la recti fi cación de zoni fi cación de los lotes 19, 21, 22, 23 y 24 de la manzana 4-C, cali fi cándolos como Residencial de Densidad Media (RDM), conforme al grá fi co que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación incorporar en el plano de zoni fi cación del distrito de Ate, la recti fi cación aprobada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo comunicar a los propietarios de los predios y a la Municipalidad Distrital de Ate, el contenido de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la Ofi cina Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Trasparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 16 de mayo de 2024 RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2291236-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que regula el procedimiento administrativo de visación de planos de trazado y lotización para viabilizar la dotación de servicios básicos a posesiones informales ubicadas en el distrito de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 697/MDC Comas, 21 de mayo de 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Memorando N°168-2024-SGOPC-GDU/MDC de fecha 23 de abril de 2024, de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; el Memorando N°382-2024-SGGRD-GDE/ MDC de fecha 25 abril de 2024, de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe Técnico