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64 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / Pasaje US$ 2 726,14 Viáticos US$ 370,00 ------------------ TOTAL US$ 3 096,14 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2285391-1 Autorizan misión en el exterior a Especialista en Programa Monetario de la Gerencia de Política para participar en evento a realizarse en Suiza RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0020-2024-BCRP-N Lima, 30 de abril de 2024 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Programa de Asistencia Bilateral y Capacitación para Bancos Centrales (BCC) para en la presentación del trabajo de investigación BCC Research Project “The Effects of Business Credit Support Programs: Evidence from Peru”, en el Geneva Graduate Institute, fi nanciado por la Swiss State Secretariat for Economic Affairs (SECO), que se realizará de 26 de mayo al 1 de junio de 2024, en la ciudad de Zúrich, Suiza. Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 11 de abril de 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Balila Acurio García, Especialista en Programa Monetario de la Gerencia de Política, del 26 de mayo al 1 de junio de 2024, a la ciudad de Zúrich, Suiza, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 801,86 Viáticos US$ 415,00 ------------------ TOTAL US$ 2 216,86 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2285393-1CONTRALORÍA GENERAL Designan profesionales en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 264-2024-CG Lima, 22 de mayo de 2024VISTOS:La Hoja Informativa N° 000063-2024-CG/VCST y el Memorando N° 000583-2024-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000029-2024-CG/GRLA y los Memorandos N° 000673-2024-CG/GRLA y N° 000899-2024-CG/GRLA, de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque; el Memorando N° 001034-2024-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000193-2024-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000531-2024-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000500-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000581-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales;