Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2024 (24/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción “Emergencia Sanitaria por afectación de la continuidad de los servicios de salud por epidemia de dengue en 19 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao” contenido en el Anexo I del Decreto Supremo Nº 004-2024-SA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2024-SA. Artículo 3.- Relación de bienes y servicios 3.1 Durante la prórroga declarada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo se continúa con la contratación de los bienes y servicios detallados en el “Listado de Bienes y Servicios” contenido en el Anexo II del Decreto Supremo Nº 004-2024-SA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2024-SA. 3.2 Las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo del presente Decreto Supremo y del Decreto Supremo Nº 004-2024-SA, deben destinarse exclusivamente para los fi nes que establecen dichas normas, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Informe fi nal Concluida la prórroga declarada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, las entidades intervinientes en la emergencia sanitaria deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2291718-3 Autorizan viaje de Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2024/MINSA Lima, 22 de mayo del 2024 Visto, el Expediente OGCTI20240000931 que contiene la Nota Informativa N° D000064-2024-SG-MINSA de la Secretaría General, el Memorándum N° D001450-2024-OGA-MINSA de la O fi cina General de Administración, el Memorándum N° D001863-2024-OGGRH-MINSA de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y la Nota Informativa N° D000571-2024-OGAJ-MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de referencia C.L.13.2024 y C.L.19.2024, la Organización Mundial de la Salud (OMS) extiende invitación al Ministerio de Salud, a fi n que participe en el quinto evento de la serie “Del dicho al hecho: el reto de la salud para todos”, y en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud, eventos a llevarse a cabo del 26 al 29 de mayo de 2024, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza;Que, los citados eventos tienen como objetivo analizar el Informe del Consejo Ejecutivo sobre sus reuniones 153.ª y 154.ª y sobre su séptima reunión extraordinaria; revisar la admisión de nuevos Miembros y Miembros Asociados; y, analizar los Informes de las comisiones principales; Que, a través de la Nota Informativa N° D000064- 2024-SG-MINSA se dispone atender la solicitud de autorización de viaje al exterior del señor Alberto Tejada Conroy, Director General de la O fi cina General de Cooperación Técnica Internacional, para que participe en los indicados eventos; Que, con Memorándum N° D001450-2024-OGA- MINSA la O fi cina General de Administración informa que los gastos que irroga el viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004259 y Nota N° 0000004256, respectivamente; Que, mediante Memorándum N° D001863-2024- OGGRH-MINSA la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N° D000142-2024-OGGRH-ODRH-EGC-MINSA, a través del cual comunica la condición laboral del funcionario antes mencionado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución y debe indicar expresamente el motivo y el número de días de duración del viaje, así como el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, asimismo, el artículo 4 del indicado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM precisa que las Resoluciones de autorización de viaje deben publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo el objetivo de los citados eventos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través de la Nota Informativa N° D000571-2024-OGAJ-MINSA, señala que resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior del funcionario antes indicado; por lo que, precisa que es legalmente viable que el señor Ministro de Salud suscriba el presente acto resolutivo; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modi fi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias;