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65 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000063- 2024-CG/VCST y el Memorando N° 000583-2024-CG/ VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Lambayeque para designar como Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (3) entidades bajo su ámbito; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los profesionales propuestos por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para ser designados en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (3) entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 042-2024-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000581-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000500-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría de designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de tres (3) entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUECOELLO YNOPE WALTHER16778799 2MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUEFARRO MACMILLAN SANDRA VERÓNICA17633555 3SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYOGODOY VALLEJOS ROSAMARÍA INÉS41742846 Artículo 2.- Las acciones de personal dispuestas en el artículo precedente, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2291291-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Rectora y de Directora del Instituto de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0084-2024-UNTELS-CU Villa El Salvador, 22 de mayo de 2024VISTO: El ACUERDO adoptado en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur de fecha 20 de mayo de 2024, acordaron por unanimidad AUTORIZAR el viaje al exterior por comisión de servicios a favor de la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui en su calidad de Rectora y de la Dra. Gloria Helena Castro León Directora del Instituto de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, a fi n de participar en la “76° Conferencia y Exposición Anual de NAFSA - 2024”, a llevarse a cabo del 28 al 31 de mayo de 2024, en la ciudad de New Orleans, Louisiana, Estados Unidos de Norteamérica, asimismo, téngase en consideración que la autorización operará a partir del 26 de mayo hasta el retorno de las comisionadas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001 fue creada la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima y mediante la Ley Nº 30184, de fecha 6 de mayo de 2014, pasó a denominarse Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU- UNTELS, el Comité Electoral Universitario de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades