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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2024 (25/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 25 de mayo de 2024 El Peruano / VISTO, el O fi cio N° 000312-2024-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 3 al 6 de junio de 2024, se llevará a cabo la Feria Internacional “EXPONOR CHILE 2024”, evento que busca contribuir a la generación de nuevos negocios al sector minero, impulsa el desarrollo de una industria minera y energética más sostenible, donde participan empresas expositoras provenientes de los cinco continentes y técnicos de la industria minera. Para ello se desarrollan diversas actividades empresariales que pretenden fortalecer estas acciones entre los actores de la industria, propiciando los espacios ideales para su desarrollo; Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria, tiene por objeto promover el intercambio comercial de las empresas peruanas proveedoras de la minería con el mercado chileno y sudamericano, ampliando la red de contactos y difundiendo nuestra oferta exportable, así como generar oportunidades de negocios a las empresas peruanas participantes, además de posicionar al Perú como un país que cuenta con una oferta cali fi cada en este sector; a tal efecto, el día 2 de junio del presente año, se llevarán a cabo acciones previas para la óptima presentación en la feria; Que, es de interés institucional la participación del señor Javier Luis Rebatta Nieto, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en la Feria Internacional “EXPONOR CHILE 2024”, para que, en representación de PROMPERÚ, realice acciones para la promoción de las exportaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Javier Luis Rebatta Nieto, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 2 al 7 de junio de 2024, para que en representación de PROMPERÚ participe en la Feria Internacional “EXPONOR CHILE 2024”, que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellido sPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US $Total Viáticos US$ Javier Luis Rebatta Nieto544,24América del Sur370,00 x 5 1 850,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Javier Luis Rebatta Nieto, presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH GALDO MARÍN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2290502-1 CUL TURA Crean el Reconocimiento Orden de los grandes maestros de la cultura peruana, en calidad de honorífico a cargo del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2024-MC Lima, 24 de mayo de 2024CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, conforme con el literal d) del artículo 7 de la citada Ley, es función exclusiva del Ministerio de Cultura convocar y conceder reconocimientos al mérito de los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 17 de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la cultura y promueve el libro, re fi ere que el Ministerio de Cultura formula lineamientos y otorga reconocimientos honorí fi cos y económicos a autores; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 011-2010- MC, se crea la Orden de las Artes y las Letras como máximo reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, a través del Decreto Supremo Nº 003-2015-MC, se aprueba la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural, de aplicación obligatoria para todos los sectores e instituciones del Estado y diferentes niveles de gobierno. Dentro del Eje I de la acotada Política Nacional Fortalecer la capacidad de gestión intercultural del estado peruano , se incorpora como resultado concreto Establecer un marco normativo e institucional que fomente la interculturalidad y que consolide al país como una sociedad que reconoce la diversidad cultural y lingüística como patrimonio y como recurso esencial para su desarrollo ; Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia