Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2024 (29/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / ofi cios N°s. 000062 y 000053-2024-MP-FN-4D-5FPCTE- VCMIGF-LIMA, de fechas 10 de abril y 26 de marzo de 2024, respectivamente. A través de los o fi cios de vistos, la abogada Bethy María Espinoza Rivas, coordinadora nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva la citada carta de renuncia y su complemento, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia de la referida magistrada, debiéndose considerar con efectividad al 10 de marzo de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Liz Yovana Quispe Flores, como fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, por consiguiente dejar sin efecto, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2541-2022-MP-FN y 3656-2023-MP-FN, de fechas 25 de noviembre de 2022 y 28 de diciembre de 2023, respectivamente; a partir del 10 de marzo de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Liz Yovana Quispe Flores que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2292896-1Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1271-2024-MP-FN Lima, 28 de mayo de 2024 VISTO:El ofi cio Nº 002022-2024-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, de fecha 26 de abril de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante escrito recepcionado el 25 de abril de 2024, la abogada Melissa Vanessa Aranda Alvarado, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad y destacada en el despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales y académicos, solicitando la exoneración del plazo de ley, asimismo, pone en conocimiento que no ha asumido el destaque por motivos de salud; y, señalando como último día de labores el 30 de abril de 2024. A través del o fi cio de visto, la abogada Raquel Janet Cárdenas Manrique, coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando el visto bueno respectivo. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario dejar sin efecto el destaque respectivo y aceptar la renuncia de la referida magistrada, debiéndose considerar como último día de labores el 30 de abril de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 800-2024-MP-FN, de fecha 20 de marzo de 2024, mediante el cual se destaca a la abogada Melissa Vanessa Aranda Alvarado, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, para que preste apoyo al despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho, a partir de dicha fecha y hasta el 30 de junio de 2024; dejando subsistente lo demás que la contiene. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Melissa Vanessa Aranda Alvarado, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en