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13 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, a través del O fi cio N° 03256-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 105-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02000-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel EP Ronald Iván GONZALES BEGAZO, identi fi cado con DNI N° 43326904 y CIP N° 119194200, para participar en el “Primer hito presencial obligatorio” que forma parte de la Maestría de “Gestión del Riesgo de Desastres”, a realizarse en la Academia de Guerra del Ejército de Chile (ACAGUE), ubicada en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 8 al 9 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 7 de noviembre y su retorno el 10 de noviembre de 2024. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima – Santiago (República de Chile) – Lima Clase económica: US$ 1,500.00 x 1 persona (incluye TUUA) US$ 1,500.00 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 2 días (del 8 al 9 nov 24) US$ 740.00 ------------------ Total a pagar en Dólares Americanos US$ 2,240.00 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni al personal designado. Artículo 4.- El O fi cial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2341499-1Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01255-2024-DE Lima, 5 de noviembre del 2024VISTOS: El Ofi cio Extra FAP N° 003452-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 03337-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01998-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante SITFAGRAMA NO. CONTROL: BRA- 2024-121 el O fi cial de Enlace del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) de la Fuerza Aérea Brasileña invita a los miembros y observadores integrantes del SICOFAA para que participen del Comité XLIX – Conferencia de Plani fi cación Media (MPC) COOP X – de Mesa del SICOFAA, a realizarse en el Centro Militar de Convenciones y Alojamiento Militar de Aeronáutica (CEMCOHA), ubicado en la ciudad de Salvador, estado de Bahía, República Federativa de Brasil, del 11 al 15 de noviembre de 2024; Que, a través de la Resolución de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú N° 0174 CGFA, se nombra al Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN, como O fi cial de Enlace ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), y al Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA, como O fi cial de Enlace -Observador, ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA); Que, a través del Informe Legal SECRE N° 0017- 2024 la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú considera viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN y del Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA (titulares) y del Coronel FAP Cristian EVERETT ALARCO (suplente), para participar en las citadas actividades, en el lugar y fechas programadas; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de motivos, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la comisión de servicio del citado personal militar FAP, por cuanto, permitirá intercambiar experiencias y adquirir nuevos conocimientos para afrontar la incidencia de desastres naturales, emergencias sanitarias u otras situaciones de emergencia que sobrepasan las capacidades nacionales, tal como ha ocurrido en el Perú en los últimos años y que permitió la activación del SICOFAA para brindar apoyos de medios aéreos y llevar ayuda humanitaria a las poblaciones afectadas; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, los gastos de alojamiento serán asumidos por la Fuerza Aérea de la República Federativa de Brasil, de acuerdo al SITFAGRAMA NO. Control: BRA-2024-121 de la Fuerza Aérea Brasileña; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/ SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 116 DGVC- ME/SIAF-RP, la Fuerza Aérea del Perú señala que los gastos por pasajes aéreos internacionales y viáticos hasta por un cuarenta por ciento (40%), se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del