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22 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante el Memorando Nº 0680-2024- EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0347-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que con base a la información registrada en el Banco de Inversiones, las cuatro (04) inversiones involucradas en el presente Decreto Supremo se encuentran viables, activas, con registros de expediente técnico e incluidos en el PMI (2024-2027) y no presentan observaciones vinculadas al cumplimiento de la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Gobierno Regional de Junín, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; así como, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Junín, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; De conformidad con lo establecido en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final y el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Gobierno Regional de Junín, en el marco de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Junín CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de activos no financieros 35 000 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en ProductosACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 35 000 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 ============ 1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional de Junín 2.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Junín, para fi nanciar gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de cuatro (04) proyectos de inversión de mejoramiento de servicios de salud, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 1 y numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 35 000 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede JunínCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de activos no financieros 35 000 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 ============ 2.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional de Junín”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El titular del pliego habilitador en la Transferencia de Partidas del numeral 1.1 del artículo 1 y del pliego