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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (10/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2024 El Peruano / plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2342721-1 Autorizan viaje de cadete aspirante FAP a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01573-2024-DE Lima, 8 de noviembre del 2024VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 003554-2024-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 03398-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 02041-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio FAP Nº 000108-2024-AGBRA/ FAP el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, el Ofi cio Nº 318/2SC4/10481 a través del cual el Jefe de la Segunda Subjefatura del Estado Mayor de Aeronáutica de la Fuerza Aérea Brasileña informa sobre el proceso de admisión de candidatos de las Naciones Amigas para cubrir una vacante en el “Curso de Formación de O fi ciales Aviadores (CFOAV)”, a llevarse a cabo en la Academia de la Fuerza Aérea (AFA) de la República Federativa de Brasil; Que, con O fi cio FAP Nº 000171-2024-AGBRA/FAP el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, el O fi cio Nº 539/2SC4/15043 del Jefe de la Segunda Subjefatura del Estado Mayor de Aeronáutica de la Fuerza Aérea Brasileña mediante el cual informa que el candidato JOAQUIN ALEJANDRO MAGUIÑA BARRANTES fue convocado para realizar las demás etapas de selección para el “Curso de Formación de O fi ciales Aviadores (CFOAV)”, precisando que el citado Cadete deberá presentarse indefectiblemente a la Academia de la Fuerza Aérea (AFA), ubicada en la ciudad de Pirasununga, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, el 14 de noviembre de 2024; Que, a través del Informe Legal Nº 086 EOFAP/EOAJ el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Escuela de O fi ciales de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del cadete aspirante FAP JOAQUIN ALEJANDRO MAGUIÑA BARRANTES para participar en el “Curso de Adaptación al Idioma y la Cultura Brasileña” del 14 de noviembre al 27 de diciembre de 2024 y permanezca en la Academia Brasileña a fi n de iniciar su formación como aviador a través del “Curso de Formación de O fi ciales Aviadores (CFOAV)”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea Brasileña, ubicada en la ciudad de Pirasununga, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 01 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Planes de la Escuela de O fi ciales de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del cadete aspirante FAP JOAQUIN ALEJANDRO MAGUIÑA BARRANTES para participar en el “Curso de Adaptación al Idioma y la Cultura Brasileña” y en el “Curso de Formación de O fi ciales Aviadores (CFOAV)”, por cuanto le permitirá formarse en una Fuerza Aérea líder en el ámbito aeronáutico mundial, incrementando el acervo profesional en su carrera como futuro O fi cial de la Fuerza Aérea del Perú con la seguridad de obtener y brindar nuevas capacidades a ser implementadas en la Institución; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 123 DGVC- ME/SIAF-RP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida), gastos de traslado (ida) y los gastos por concepto de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al presente año, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000019, Nº 0000000004, Nº 0000000732 y Nº 0000000003 emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento de pasajes aéreos (ida), gastos de traslado (ida) y los gastos por concepto de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2024; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del cadete aspirante FAP designado en los referidos cursos, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de los mismos, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 003554-2024-SECRE/ FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del cadete aspirante FAP JOAQUIN ALEJANDRO MAGUIÑA BARRANTES para participar en el “Curso de Adaptación al Idioma y la Cultura Brasileña” del 14 de noviembre al 27 de diciembre de 2024 y continúe el “Curso de Formación de O fi ciales Aviadores (CFOAV)”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea Brasileña, ubicada en la ciudad de Pirasununga, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028; así como, autorizar su salida del país el 13 de noviembre de 2024 y su retorno el 1 de enero de 2029; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Nº 03398-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 201-2024-MINDEF/