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40 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2024 El Peruano / 15 de noviembre de 2024, en la ciudad de Puno, provincia y departamento de Puno, organizado por el Gobierno Regional de Puno y organizaciones representativas de las comunidades campesinas manejadoras de vicuñas, a través de su Comité Organizador. Artículo 2.- La realización del evento denominado “V Foro Nacional de la Vicuña 2024”, no irroga gastos al presupuesto del Sector de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizado el evento, el Comité Organizador del “V Foro Nacional de la Vicuña 2024”, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, un informe fi nal sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados. Artículo 4 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano; y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2343180-1 EDUCACIÓN Designan responsables de entregar la información de acceso público solicitada al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 571-2024- MINEDU Lima, 8 de noviembre de 2024 VISTOS, los documentos que contiene el Expediente Nº MPD2024-EXT-0676001; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021- 2019-JUS, (en adelante TUO de la Ley N° 27806), establece que la citada Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 del TUO de la Ley N° 27806, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, por su parte, el artículo 4 del citado Reglamento, dispone que las entidades que cuenten con o fi cinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; asimismo, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;Que, el artículo 191 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana es el órgano desconcentrado del Ministerio de Educación responsable, entre otros, del servicio educativo y de los programas de atención integral en el ámbito de su jurisdicción; así como de evaluar y supervisar a las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, que constituyen instancias de gestión educativa descentralizada de dicha Dirección Regional; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 403-2022-MINEDU, se designa a los responsables de entregar la información solicitada al amparo del TUO de la Ley N° 27806, en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana; Que, con el O fi cio N° 01384-2024-MINEDU/VMGI- DRELM/DIR, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana pone en conocimiento del Viceministerio de Gestión Institucional, las propuestas de nuevos responsables de entregar la información al amparo del TUO de la Ley N° 27806, formuladas por las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, a través de los Ofi cios N° 02056-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL01/ DIR, N° 1510-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL02/DIR, N° 00834-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL03/DIR, N° 00922-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL04/DIR, N° 01535-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL05/DIR, N° 00784-2024-UGEL Nº 06/DIR; y N° 05907-2024-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL07/DIR-AAJ; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 393-2023-MINEDU y designar a los responsables de entregar la información de acceso público solicitada al amparo del TUO de la Ley N° 27806 en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 393-2023-MINEDU. Artículo 2.- Designar a las siguientes personas, como responsables de entregar la información de acceso público solicitada al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, conforme al siguiente detalle: UGEL RESPONSABLESORGANO EN EL QUE LABORA 01 SAN JUAN DE MIRAFLORES1. JEREMMY PAOLO YANCUL GUEVARA (TITULAR)ÁREA DE COMUNICACIONES 2. SONIA ALEJANDRINA ASCENCIO VILA (SUPLENTE)ÁREA DE ADMINISTRACIÓN 02 RIMAC1. MARÍA ANTONIETA BECERRA MEJÍA (TITULAR) EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO 2. RICARDO ARMANDO HUAMANI ZURITA (SUPLENTE)EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO 03 LIMA1. MARÍA DEL CARMEN MEDINA NINA (TITULAR) ÁREA DE ASESORÍA JURÍDICA 2. IRENE EVY PAREDES GIRÓN (SUPLENTE) 04 COMAS1. IGNACIO MIGUEL ROJAS (TITULAR)ÁREA DE ASESORÍA JURÍDICA 05 SAN JUAN DE LURIGANCHO1. ELVIRA JULIANA BLONDET CORREA (TITULAR)DIRECCIÓN