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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2024 El Peruano / incluidas en el citado anexo, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio N° D001612-2024-PCM-SG, de 13 de agosto de 2024, la Presidencia del Consejo de Ministros solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la tramitación del Proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca la cuota internacional a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a cargo del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra en la lista de pliegos presupuestarios contenida en el Anexo B de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), por un importe de S/ 247 361.00 (doscientos cuarenta y siete mil trescientos sesenta y uno y 00/100 soles); no obstante, debido al incremento de la cuota de la OCDE y a la diferencia cambiaria respecto al euro, el monto que corresponde cancelar a la Presidencia del Consejo de Ministros es de S/ 310 500.00 (trescientos diez mil quinientos y 00/100 soles), por lo que, resulta necesario modi fi car el referido Anexo B; Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2024 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); Que, en virtud de lo señalado en el numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente Decreto Supremo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2024 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (S/)PERSONA JURÍDICA 001: PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS310,500Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2343203-8 Dan por terminadas las funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calcuta, República de la India, con jurisdicción consular en el Estado de Bengala RESOLUCIÓN SUPREMA N° 206-2024-RE Lima, 11 de noviembre de 2024CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE, el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, de acuerdo con las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Asimismo, es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término, sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios; Que, el artículo 64 del citado Reglamento establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) muerte; Que, el artículo 65 del mencionado Reglamento, referido a la entrega de cargo, señala que al término de funciones del funcionario consular honorario, hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la Ofi cina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la O fi cina Consular que ésta designe para la suscripción del acta correspondiente; Que, mediante Resolución Suprema N° 065-2005- RE, de 9 de febrero de 2005, se nombra al señor Gopal Prasad Poddar como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calcuta, República de la India, con jurisdicción consular en el Estado de Bengala; Que, mediante Memorándum L-NUEVA_ DELHI001972024, de 9 de julio de 2024, la Embajada del Perú en la República de la India informa que el señor Gopal Prasad Poddar, Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calcuta, recientemente, ha cumplido 73 años, razón por la que solicita se inicie el procedimiento para dar término a las funciones del referido funcionario consular honorario; Que, mediante Memorándum N° CON020092024, de 10 de julio de 2024, la Dirección de Política Consular inicia el procedimiento para dar término a las funciones del señor Gopal Prasad Poddar como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Calcuta, requiriendo a la Embajada del Perú en la República de la India, conforme al artículo 65 del Reglamento Consular, entre otros, el acta de entrega de cargo; Que, mediante Memorándum L-NUEVA_ DELHI002762024, de 17 de septiembre de 2024, la Embajada del Perú en la República de la India remite, entre otros, el acta de entrega de cargo del señor Gopal Prasad Poddar, suscrita el 13 de setiembre de 2024; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no