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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2024 El Peruano / Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales (GORE), Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados”; Que, el literal m) del numeral 13.1, el numeral 13.2 y el numeral 13.4 del artículo 13, de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, establecen lo siguiente, respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; ii) que, las referidas transferencias fi nancieras deberán aprobarse mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública transferente es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos, los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, a través del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley N° 31953, se han asignado recursos en el pliego SIS para que durante el Año Fiscal 2024, se fi nancie la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1, 2.2, del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el Aseguramiento Universal en Salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19, modi fi cado mediante Decreto de Urgencia N° 078-2021, así como fi nanciar los gastos de viáticos y transporte del personal de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas que participen en la atención de salud de las poblaciones comprendidas en los ámbitos de intervención; para lo cual los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, con Resolución Jefatural N° 000165-2024-SIS/J, se aprueba la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.05 “Directiva para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, estableciendo en el literal b) del numeral 7.1 del artículo VII que es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento: “Realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero a nivel nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante Memorando N° 002103-2024- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo y remite el Informe N° 000054-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 1910, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante el Informe N° 000014-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento concluye que “se cuenta con recursos fi nancieros, para que, de acuerdo a la propuesta de distribución considerando los criterios para la estimación de los montos asignados a cada UE, se programen transferencias a favor de las unidades ejecutoras; teniendo en cuenta aquellas UE que cumplen con los criterios establecidos en el numeral 3.14 del presente informe”; asimismo concluye que “(…) en el marco de la adenda suscrita, el SIS ha cumplido con realizar las trasferencias correspondientes a las unidades ejecutoras, incluida la DIRIS Lima Sur. Por lo que en el marco convenio y adendas suscritas, señala que para ser posible una transferencia por fuera del marco presupuestal se debe de cumplir con las transferencias pactadas, lo cual ya ha sido realizado mediante las Resolución Jefatural N.°008-2024-SIS/J y Resolución Jefatural N.°055 2024-SIS/J, por lo cual se ha cumplido con esta condición, y es factible realizar transferencias adicionales”; fi nalmente, concluye que “que es factible, pertinente y necesario realizar la Transferencia de S/. 5 025 056.00 a la DIRIS Lima Sur detallado en el punto 3.17, a fi n de mitigar el Riesgo de la Oportunidad y Calidad en la Atención de Salud a los Asegurados del SIS, por los insu fi cientes recursos fi nancieros que cuentan las DIRIS para garantizar las atenciones de salud, estos recursos deberán afectarse a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (R.O.); en la categoría presupuestal 9002; Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP); en el mecanismo de pago “Pago per cápita” y “pago por prestaciones” de acuerdo a la categoría de la Unidad Ejecutora (IPRESS)”. Que, de igual manera, a través del Informe N° 000015- 2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento concluye que “tomando en consideración los puntos expuestos en los documentos de la referencia y en el presente documento, con los que se sustenta técnicamente la programación de la transferencia fi nanciera, este despacho considera pertinente y necesario la realización de la transferencia fi nanciera por S/ 5 025 056.00, dado el riesgo de afectación a la continuidad de los servicios prestacionales de los asegurados del SIS en el territorio de la DIRIS LIMA SUR” Que, mediante Informe Legal N° 000608-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera legalmente viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 5 025 056.00 (Cinco millones veinticinco mil cincuenta y seis y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios Noviembre 2024”, para el fi nanciamiento de las prestaciones brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030- 2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 5 025 056.00 (CINCO MILLONES VEINTICINCO MIL CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios Noviembre 2024” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones brindadas a los asegurados del Seguro Integral de Salud en mérito a los convenios y adendas suscritos.