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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 19 de noviembre de 2024 El Peruano / 009-2016-MINEDU; el Proyecto Educativo Nacional (PEN) es el marco estratégico para la formulación de las políticas, los planes, programas y proyectos educativos nacionales, regionales y locales, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU, Proyecto Educativo Nacional al 2036: el reto de la ciudadanía plena; Que, según el Artículo 147° del D.S. Nº 009-2016-MINEDU, la Dirección Regional de Educación, (…) es responsable de: a) Proponer el Proyecto Educativo Regional (PER) al Gobierno regional para su aprobación y posterior implementación, considerando las iniciativas presentadas por el Consejo participativo Regional de Educación, y n) Coordinar con los órganos respectivos del Ministerio de Educación las intervenciones y estrategias que estos realicen en el ámbito de su jurisdicción”; Que, el Artículo 149°, literal a) del Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación - Ley Nº 28044 referido a las funciones del COPARE, señala que es su función: Canalizar la participación de la sociedad civil organizada a nivel regional, en el marco de la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional; Que, el Artículo 151° del Reglamento de la Ley General de Educación aprobado por D.S. Nº 011-2012-ED, defi ne al Proyecto Educativo Regional como el principal instrumento de gestión educativa regional. Se elabora en el marco del Proyecto Educativo Nacional y del Plan de Desarrollo Concertado Regional, con la participación democrática de la sociedad organizada; y en el Artículo 152° se establece que “La Dirección Regional de Educación es responsable de la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional, con la participación de los integrantes del Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE), y el Gobierno Regional aprueba, publica, monitorea y evalúa el Proyecto Educativo Regional, de acuerdo con indicadores establecidos; Que, mediante el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 019-2022-GRSM/CR del 03 de noviembre 2022, se aprueba la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín. En el Artículo 160° del ROF - Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Educación, se indica que, para el cumplimiento de sus funciones, la estructura orgánica de la DRE y sus dependencias se establece en el Manual de Operaciones - MOP correspondiente según normativa vigente; y mediante Decreto Regional Nº 001- 2023-GRSM/GR del 16 de marzo 2023, concordante con la precitada Ordenanza Regional se aprueba el Manual de Operaciones - MOP de la DRE San Martín. El Artículo 7° del citado MOP establece la Estructura Orgánica de la DRESM, 02. Órgano de Participación y Vigilancia lo conforma el 02.1 Consejo Participativo Regional de Educación; y en el Artículo 10° se defi ne al Consejo Participativo Regional de Educación - COPARE, como órgano de participación, concertación y vigilancia de la DRE, y en el Artículo 11° del MOP, se indica sus funciones de acuerdo con lo previsto por Ley; Que, mediante Informe Nº 001-2024-CNE-SE de fecha 03 de enero de 2024, el Consejo Nacional de Educación del Ministerio de Educación, concluye: “4.1. El contenido del PER San Martín al 2036 se presenta de forma clara, concisa y coherente; (…). 4.2. La estructura toma en cuenta las recomendaciones del CEPLAN para la elaboración de planes y proyectos (imagen del territorio actual e imagen del territorio deseado). (…)”. Que, mediante Informe Nº 006-2024-GRSM/DRESM/ DGP-EGG del 26 de febrero de 2024 (Nro. trámite: 019-2024434097), la Dirección de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación, se concluye: “La versión fi nal del Proyecto Educativo Regional de San Martín al 2036 (PERSAM AL 2036): “Formando ciudadanos para el desarrollo sostenible”, se constituye como un instrumento de gestión estratégica orientador para guiar políticas, programas, proyectos y estrategias en los ámbitos sectorial, intersectorial e intergubernamental. Este proyecto busca el desarrollo integral de la educación en San Martín, alineándose con las aspiraciones del Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2030 (PDRC), el Plan Regional de Competitividad y Productividad de San Martín al 2030, el Proyecto Educativo Nacional al 2036, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible al 2030. - En el proceso de construcción del Proyecto Educativo Regional de San Martín al 2036 (PERSAM al 2036): “Formando ciudadanos para el desarrollo sostenible”, se ha realizado en base a un Plan de Trabajo por etapas y fases (Evaluación PERSAM 2007- 2021, diagnóstico educativo holístico, elaboración de la propuesta estratégica del PERSAM al 2036 y la consulta de socialización para su aprobación), movilizándose para el proceso equipos técnicos, regional y local (ETR GR-DRE, ETL-UGEL y Gobiernos Locales), los directivos y consejeros del Consejo Participativo Regional y Local de Educación (COPARE y COPALE), los representantes de los sectores públicos, de las organizaciones de la sociedad civil, la academia, la comunidad educadora, la empresa privada y el acompañamiento del Consejo Nacional de Educación - CNE”; Que, mediante Informe Nº 002-2024-GRSM- GRDS/ELB-ETE de fecha 28 de junio del 2024, de la Especialista Temático de Educación de la Gerencia Regional de Desarrollo Social dirigido a la Ing. Claudia Vásquez Panduro en calidad de Gerente Regional de Desarrollo Social, y en base al contenido del Informe Nº 006-2024-GRSM-DRE y exposición de motivos, se concluye: (…) 4.3. La elaboración del PERSAM al 2036, por mandato normativo y por necesidad regional de tener un horizonte compartido en materia educativa, es considerado como el principal instrumento de gestión educativa regional, y al haber sido elaborado en forma participativa y concertada por los actores sociales de las instituciones sectoriales del Estado, las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado, la academia, la comunidad educativa regional y local y los directivos e integrantes del Consejo Participativo Regional de Educación de San Martín (COPARE), y alineada al Plan de Desarrollo Concertado Regional (PDCR al 2030) y al Proyecto Educativo Nacional al 2036 (PEN al 2036), debe ser aprobada con ordenanza regional como política pública en materia educativa vinculante para ser implementada en forma articulada e intersectorial por los gobiernos nacional, regional, local y con el apoyo de otros aliados estratégicos de cooperación intergubernamental, 4.4. El PERSAM al 2036, fue elaborado en forma técnica y participativa tomando como referencia de consulta el documento de “Recomendaciones para la formulación de los PER” del Consejo Nacional de Educación y la “Guía para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial” del CEPLAN; quedando estructurado en 4 partes importantes: 01. Proyecto Educativo Regional y su articulación con las políticas nacionales. 02. Contexto regional, avances y desafíos educativos. 03. Propuesta estratégica para la transformación educativa de la región. 04. Propuesta programática para implementar el PERSAN al 2036. Referencias y documentos consultados. Anexos; Que, el Informe Nº 006-2024-GRSM/DRESM/ DGP-EGG, complementado mediante Ofi cio Nº 271-2024-GRSMDRE/DGP de fecha 22 de julio de 2024, conforme al siguiente detalle: “(…). a) Respecto a la estructura de la versión amigable del PERSAM, el Equipo Técnico Regional (ETR) que gestionó el proceso de elaboración del Proyecto Educativo Regional al 2036 (PERSAM al 2036), tomó en gran medida las recomendaciones del CNE; considerando que la estructura de la versión amigable del PER San Martín al 2036, mantenga la estructura de la versión completa total del PER San Martín: 01 Proyecto Educativo Regional y sus articulación con las políticas educativas nacionales, 02 Contexto regional, avances y desafíos educativos, 03 Propuesta estratégica para la transformación educativa en la región, y 04 Propuesta programática para implementar el PERSAM al 2036. - En la parte 01, además del proceso de formulación del PER San Martín 2036 (Etapa I: Evaluación del PER San Martín 2007-2021, Etapa II: Elaboración del PERSAM al 2036, y la Etapa III: Consulta y mejora de la versión preliminar), el ETR acordó hacer notar la importancia del PER San Martín, como instrumento estratégico orientador de la gestión de las políticas educativas regionales en alineamiento, articulación y vinculación con la Constitución Política, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783,