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6 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a Austria y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 244-2024-PCM Lima, 22 de noviembre de 2024CONSIDERANDO: Que, el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) es el centro mundial de cooperación en el ámbito nuclear, que tiene por objeto promover la utilización de las tecnologías nucleares con fi nes pacífi cos y en condiciones de seguridad tecnológica y física, del cual Perú es uno de los Estados miembros; Que, mediante OF. RE (DSD) N° 2-9-A/68 el Ministerio de Relaciones Exteriores remite la invitación formal del Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), al Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, para participar en la Conferencia Ministerial sobre Ciencia, Tecnología y Aplicaciones Nucleares, a realizarse en la ciudad de Viena, República de Austria del 26 al 28 de noviembre de 2024; Que, la Conferencia Ministerial sobre Ciencia, Tecnología y Aplicaciones Nucleares, tiene como objetivo lograr una mejor comprensión de la aplicación de la ciencia y tecnologías nucleares en la vida cotidiana, en áreas como la salud, la seguridad y la protección de alimentos, la gestión de los recursos hídricos y el cambio climático, constituyendo un espacio de diálogo de alto nivel para discutir formas innovadoras para cerrar las brechas en el campo de la ciencia, la tecnología y las aplicaciones nucleares; así como, dar a conocer las últimas investigaciones y logros del Programa de Cooperación Técnica del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) a nivel de país e identifi car programas educativos que garanticen el impacto y la sostenibilidad socioeconómica en los Estados miembros; Que, en ese contexto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Viena, República de Austria, del 24 al 30 de noviembre de 2024, toda vez que su participación en la mencionada Conferencia Ministerial le permitirá compartir experiencias exitosas en la aplicación de la ciencia y la tecnología nuclear en los ámbitos de seguridad e inocuidad alimentaria e innovación agraria a cargo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, respectivamente; y, dar a conocer el impacto de los mecanismos de cooperación del OIEA en el desarrollo de la ciencia y tecnología nucleares en el Perú, así como abordar posibilidades para la movilización de recursos; Que, el presente viaje al exterior no irroga gastos al Tesoro Público, debido a que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), como organizador del evento; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047 2002- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Viena, República de Austria, del 24 al 30 de noviembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gasto alguno al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2347207-4 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2024-PCM Lima, 22 de noviembre de 2024CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 434- 2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el propósito de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para el Proceso de Modernización y Descentralización de la Gestión del Estado; Que, en virtud al referido Convenio, se viene ejecutando el Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, destinado a fortalecer la capacidad técnica y administrativa para la modernización del Poder Ejecutivo, el cual comprende al Proyecto PNUD 00099415 - ID 00102704 “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional”. Dicho Programa está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026; Que, el literal ñ) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, a la Presidencia del Consejo de Ministros, a realizar transferencias fi nancieras a favor del PNUD para continuar con la ejecución del Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”; además, dispone que los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor del PNUD, en el marco de lo establecido en el citado literal, deben ser devueltos al tesoro público una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución