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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / tiene como objetivo la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático; nivel que debería lograrse en un plazo sufi ciente para que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, el numeral 5.1. del artículo 5 de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, señala que el MINAM, es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; monitorea y evalúa la implementación de la gestión integral del cambio climático en los tres niveles de gobierno, promoviendo la participación del sector público, de los agentes económicos y de la sociedad civil, a fi n de fortalecer la gestión integral del cambio climático y al desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza; siendo que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma norma, establece que es responsable del monitoreo y evaluación de la reducción de emisiones de deforestación y degradación de los bosques e informa sobre su implementación a la Secretaría de la CMNUCC; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM (en adelante, el Reglamento), establece que la autoridad nacional en materia de cambio climático conduce, evalúa y monitorea la implementación de REDD+, en coordinación con las autoridades competentes; Que, asimismo, el numeral 3 del citado artículo establece, entre las funciones del MINAM, como autoridad nacional en materia de cambio climático, el elaborar los reportes de avance de REDD+ que forman parte del reporte del nivel de avance en la implementación de las medidas de mitigación elaborado en el marco del Sistema para el Monitoreo de las Medidas de Adaptación y Mitigación; Que, de acuerdo al artículo 37 del Reglamento, la Medición, Reporte y Verifi cación comprende un conjunto de acciones orientadas a realizar un monitoreo periódico de información, sujeto a verifi cación técnica, sobre: 1) emisiones y remociones de Gases de Efecto Invernadero (GEI); y, 2) reducción de emisiones e incremento de remociones de GEI; Que, a su vez, el numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento, establece que la medición consiste en llevar a cabo la cuantifi cación periódica y sistemática de la gestión de GEI en el país mediante la recolección, análisis y estimación de las emisiones y remociones de GEI y de las reducciones de emisiones e incremento de remociones de GEI; Que, el numeral 2 de la Décima Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento, establece que el MINAM, como autoridad nacional en materia de cambio climático, aprueba los lineamientos o documentos metodológicos, según corresponda, con la participación de actores estatales y actores no estatales, como los pueblos indígenas u originarios, según corresponda, sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de GEI en Bosques, en concordancia con los protocolos defi nidos por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, como ente conductor del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre; Que, mediante Resolución Ministerial N° 309-2024-MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero del sector Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Desertifi cación, es el órgano de línea que tiene la función de conducir la implementación de la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Evitada de Bosques REDD+, en coordinación con las entidades competentes; Que, a través de los Informes N° 00411-2024-MINAM/ VMDERN/DGCCD y N° 00257-2024-MINAM/VMDERN/DGCCD/DMGEI, la Dirección General de Cambio Climático y Desertifi cación sustenta y propone el “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero en los bosques del bioma amazónico”, el cual tiene por objetoestandarizar laMetodologíade medición de las emisionesy remociones, reducción de emisiones e incremento deremociones de gases de efecto invernadero (GEI)en los bosquesdel biomaamazónico, en base a las directrices del del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés), a fi n de garantizar la fi abilidad y consistencia de los datos generados para las emisiones y remociones, reducción de emisiones e incremento de remociones de GEI en los bosques del bioma amazónico; en el cual se consideran los aportes y comentarios recibidos durante la publicación antes mencionada, por lo que corresponde su aprobación; Que, mediante Memorando N° 01192-2024-MINAM/ SG/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 00408-2024-MINAM/ SG/OGPP/OPM, a través del cual la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero en los bosques del bioma amazónico”; Que, mediante Informe N° 00911-2024-MINAM/SG/ OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del referido proyecto normativo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertifi cación, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013; Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM; la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Documento metodológico sobre la medición de las emisiones, reducciones y remociones de Gases de Efecto Invernadero en los bosques del bioma amazónico”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2346700-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban la Quinta Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE- TURISMO) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 354-2024- MINCETUR Lima, 21 de noviembre de 2024