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8 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / espacio, nuestro país presentará su perspectiva sobre la política de desarrollo regional, la gobernanza multinivel, las capacidades institucionales y fi scales subnacionales, así como las inversiones públicas subnacionales; además, entablará un diálogo con los miembros del Comité previo a la emisión de recomendaciones a implementarse como parte del proceso de adhesión; Que, asimismo, en coordinación con la Embajada de Perú en Francia, se ha agendado una reunión preparatoria para el día 4 de diciembre de 2024 con los miembros de la Secretaría Técnica del Comité de Políticas de Desarrollo Regional con el objeto de preparar la participación del Perú en la sesión cerrada de evaluación de acceso; así como, una reunión técnica de reporte (“Debrief”), para el día 6 de diciembre de 2024, en la que se dialogará sobre los resultados de la sesión de evaluación, los próximos pasos en el proceso, y la posibilidad de colaboración o cooperación con la OCDE para la implementación de las recomendaciones que se reciban; asimismo, se discutirá respecto a la posibilidad de realizar un evento conjunto para publicar los principales hallazgos del informe del Perú; Que, la participación del Viceministro de Gobernanza Territorial en la 51° Sesión del Comité de Políticas de Desarrollo Regional y en la sesión cerrada de evaluación de acceso del Perú a la OCDE, reviste suma importancia, dado que permitirá presentar los avances del Perú sobre las políticas de desarrollo regional, la gobernanza multinivel, las capacidades fi scales e inversiones subnacionales, las cuales serán objeto de evaluación por la OCDE en el marco del proceso de adhesión del Perú; Que, el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, establece que el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial es el órgano de Alta Dirección a cargo del Viceministro de Gobernanza Territorial, quien es la autoridad inmediata al Presidente del Consejo de Ministros responsable de las materias de desarrollo territorial, descentralización, diálogo y gestión social, demarcación y organización territorial, y gestión del riesgo de desastres. Asimismo, coordina la Política Nacional de Ordenamiento Territorial y articula las intervenciones del Poder Ejecutivo en el territorio entre las entidades públicas del gobierno nacional y con los gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor JUAN DEL CARMEN HARO MUÑOZ, Viceministro de Gobernanza Territorial, a la ciudad de París, República Francesa, para participar en el evento antes señalado y reuniones conexas, lo cual permitirá reafi rmar el compromiso de nuestro país en el proceso de adhesión a la OCDE; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN DEL CARMEN HARO MUÑOZ, Viceministro de Gobernanza Territorial, a la ciudad de París, República Francesa, del 2 al 7 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos US$Viáticos por día US$Número de díasTotal de viáticos US$ JUAN DEL CARMEN HARO MUÑOZ3,579.53 540.00 3+2 2,700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2346877-1 Aprueban ejecución de expropiación del área afectada de inmueble por la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de protección ante inundaciones y movimiento de masas en la quebrada Huaycoloro, Distrito de San Antonio - Provincia de Huarochirí - Departamento de Lima” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00128-2024- ANIN-JEF Lima, 20 de noviembre de 2024.VISTOS:El Memorando Nº D00009687-2024-ANIN/DIME e Informe N° D00000044-2024-ANIN/DIME-SEJDI-UFSI-MMM de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, el Memorando N° D00000931-2024- ANIN/DGP e Informe N° D00000007-2024-LHP de la Dirección de Gestión Predial, y el Informe N° D00000607- 2024-ANIN/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), se establecen disposiciones para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión que estén a su cargo; Que, el numeral 70.6 del artículo 70 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; se dispone que el pliego Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), pueda ejecutar, de manera excepcional, Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) de la cartera del PIRCC, y de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación