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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / días hábiles contados desde su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANTE AKIRA FERNANDEZ KOHATSU Director EjecutivoPrograma Nacional de Apoyo Directoa los Más Pobres - JUNTOS 2347053-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que Autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Reserva de Contingencia y de diversos gobiernos locales DECRETO SUPREMO Nº 235-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional y en el nivel funcional programático, según corresponda, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o transfi eran para el fi nanciamiento de los fi nes de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Para tal fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, el literal b) del numeral 1 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2024, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión e intervenciones de mantenimiento; Que, asimismo, el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, señala que las modifi caciones presupuestarias a las que se refi ere el numeral anteriormente citado, se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro del sector correspondiente, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, a propuesta de la entidad solicitante;Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Ofi cio N° 2391-2024-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Asimismo, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de proyectos de inversión de infraestructura vial y de intervenciones de mantenimiento periódico de la red vial vecinal en el marco del Programa de Apoyo al Transporte Subnacional - PATS, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 1 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 0601-2024-MTC/09.03 de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio con el respectivo sustento; asimismo, mediante el Ofi cio N° 0418-2024-MTC/09 la citada Ofi cina General remite el Informe N° 0758-2024-MTC/09.03 con información complementaria; Que, mediante el Memorando N° 0735-2024- EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto a las inversiones de infraestructura vial materia del presente Decreto Supremo, señalando que de la revisión efectuada por el equipo sectorial de Transportes de la Dirección de Gestión de Inversiones se ha identifi cado que los catorce (14) proyectos de inversión se encuentran viables, en estado activo y en fase de ejecución. Asimismo, precisa que no presentan comentarios, cuentan con registro de expediente técnico y se encuentran incluidas en el PMI; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 58 052 440,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; así como, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 58 052 440,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; De conformidad con lo establecido en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final y el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera