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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 26 de noviembre de 2024 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, a efectos de aprobar la Ficha Técnica Ambiental (FTA) para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento ubicados en Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y/o Áreas de Conservación Regional (ACR), no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2024- VIVIENDA Lima, 25 de noviembre de 2024VISTOS: El Memorando N° D00292-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGAA y el Informe Técnico Legal N° 00003-2024-VIVIENDA/VMCS-DGAA-DEIA de la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAA); el Informe N° D00284-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establecen que el citado Ministerio tiene competencias, entre otras materias, en vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; y, es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, de acuerdo al inciso d) del artículo 8 y al artículo 33 del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, las Autoridades Competentes tienen la función, entre otras, de emitir normas, guías técnicas, criterios, lineamientos y procedimientos para regular y orientar el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión a su cargo, en coordinación con el Ministerio del Ambiente (MINAM) y en concordancia con el marco normativo del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA); así como, de determinar los requisitos para el procedimiento administrativo a su cargo en materia de evaluación de impacto ambiental, observando lo dispuesto en la Ley N° 27444 y en el Reglamento antes aludido; Que, el artículo 91 y el literal b) del artículo 92 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establecen que la DGAA es el órgano de línea encargado de proponer los objetivos, lineamientos y estrategias ambientales para el desarrollo de las actividades de competencia del MVCS, en armonía con la protección del ambiente y la conservación de los recursos naturales incluyendo la biodiversidad, en el marco de la Política Nacional del Ambiente; y, tiene como función, entre otras, proponer, coordinar, aprobar e implementar la normativa e instrumentos de gestión ambiental del Sector con opinión previa del MINAM en lo que corresponda, según la normatividad vigente; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; asimismo, señala que, el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el diario ofi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles; Que, asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario ofi cial; el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 036- 2017-VIVIENDA, se aprueba la Ficha Técnica Ambiental (FTA), para los proyectos de inversión del Sub Sector Saneamiento, no comprendidos en el SEIA, que en Anexo 1 forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial, de conformidad a la Resolución Ministerial N° 383-2016-MINAM; Que, con la Resolución Ministerial N° 335- 2024-MINAM, se modifi ca la Primera Actualización del Listado de inclusión de Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobada por la Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y modifi catorias, respecto a determinados proyectos de inversión en el Sector Saneamiento, sobre los que no se prevé la generación de impactos ambientales negativos signifi cativos, según las condiciones establecidas; asimismo, establece, entre otros, que el MVCS debe aprobar la Ficha Técnica Ambiental (FTA) para los proyectos no sujetos al SEIA, que se ubiquen en Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y/o Áreas de Conservación Regional (ACR), con la opinión favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP); Que, en ese contexto, con el Memorando N° D00292- 2024-VIVIENDA/VMCS-DGAA y el Informe Técnico Legal N° 00003-2024-VIVIENDA/VMCS-DGAA-DEIA, la DGAA sustenta y propone la Resolución Ministerial que modifi ca la Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, a fi n de dar cumplimiento a lo resuelto en la Resolución Ministerial N° 335-2024-MINAM; y, que se proceda a disponer su publicación para que, en un plazo de diez (10) días hábiles, se reciban opiniones y sugerencias de la ciudadanía; Que, a través del Informe N° D00284-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la presente Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca la Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, a efectos de aprobar la FTA para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento ubicados en ANP, ZA y/o ACR, siempre que no hayan iniciado su ejecución, a fi n de recibir las opiniones y sugerencias de la ciudadanía; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modifi catoria; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modifi catoria; el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento