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84 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / de la Municipalidad Metropolitana de Lima, adjuntando copia del Expediente N°2024-0083469-MML, por el cual la Sra. Alejandra Atencio Chuquimantari solicita el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 451.04m2, constituido por el Lote 3 y 4 acumulado, ubicado en la Ca. Y (ahora Ca. Bayóvar Sur), Mz. E-4, Urb. San Juan Grande, distrito de Santiago de Surco; Que, con Memorándum N° 964-2024-GPV-MSS de fecha 16.08.2024, la Gerencia de Participación Vecinal remite el resultado de la Consulta Vecinal realizada a la población vecina colindante directamente involucrada en el procedimiento regular de cambio de zoni fi cación, conforme lo establece el inciso 9.4.1 del artículo 9° de la Ordenanza N° 2086, indicando que treinta y dos (32) personas mani fi estan su Opinión DESFAVORABLE, de un total de treinta y cinco (35) personas representando al 91.42% de opiniones que categóricamente opinan desfavorablemente a la petición de Cambio de Zoni fi cación de RDB a CZ; Que, asimismo, a través del Informe N° 631-2024- SGPUC-GDU-MSS de fecha 04.09.2024, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, indica que su área técnica procedió a evaluar la solicitud de cambio de zonifi cación submateria mediante el Informe N° 061-2024- JLAG, concluyendo lo siguiente: - La propuesta planteada vulnera con lo establecido en los literales a), c) y e) del Articulo 8.- Compatibilidad de Uso del Decreto de Alcaldía N° 04-2023-MSS. - La propuesta vulnera con lo establecido en el ítem C.1, C.2 y C.3 del ítem C.- Relacionada con las compatibilidades de uso del Anexo N° 02 de la Ordenanza N° 912-MML. - Con respecto al precedente señalado en la memoria descriptiva de la propuesta de cambio de zoni fi cación remitido por Lima Metropolitana (materia de evaluación) de un funcionamiento de un hostal con altura de 4 pisos en la calle Bayobar Sur N° 266,como medio de sustento, se ha corroborado según los antecedentes registrales que el predio que tiene como uso actual de un hostal corresponde al Lote 20 de la Mz. M-4 de la Urbanización Prolongación Benavides (acumulado a la fecha al lotes 21 y 23 de la Mz.M-4 inscrito en la P.E. 11492242) encontrándose a una distancia de 93 metros aproximadamente del predio materia de evaluación, cuenta con declaratoria de fabrica inscrito en la Partida Electrónica N° 44483823 (antecedente registral) en la que se declara los ambientes del uso actual ampliándose dicha fabrica en la Partida Electrónica N° 11492242; por tanto el uso actual “hostal” se acoge a los lineamientos establecidos en el literal d) Articulo 8.- Compatibilidad de Uso del Decreto de Alcaldía N° 04-2023-MSS de fecha 03.02.2023. - Con respecto al precedente señalado de una edifi cación de 04 pisos con la actividad de clínica como medio de sustento, se ha veri fi cado que el terreno cuenta con zoni fi cación asignado de “Comercio Zonal” conforme consta en el Plano de Reajuste Integral de Zoni fi cación aprobado mediante la Ordenanza N° 912-MML y Ordenanza N° 1076-MML, por tanto, el uso actual se encuentra dentro de las normas establecidas. - Que, la propuesta planteada no se ajusta a lo establecido en el Artículo 11° de la Ordenanza N° 2086-MML, que señala: “que los cambios de zoni fi cación que se aprueben en ningún caso podrán estar referidos a un solo lote, sino que se harán extensivos a todo el frente de la manzana donde se propone el cambio, sin embargo (…). Constituye excepción a lo establecido, los casos de cambio de zoni fi cación para equipamiento urbano de Educación, Salud y Otros Usos (…)”; en ese sentido, es preciso señalar que la propuesta de cambio de zonifi cación corresponde a un solo predio, el mismo que no corresponde a ninguna de las excepciones señalados en el presente marco normativo. - Por otra parte, la propuesta de cambio de zonifi cación formulado no se ajusta a los alcances establecidos en el Articulo 37 y Articulo 122 del Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA (Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana del Desarrollo Urbanos Sostenible de la Ley N° 31313-Ley de Desarrollo Urbano Sostenible).- Que, de acuerdo a la consulta vecinal realizado por el despacho de la Gerencia de Participación Vecinal, se tiene como resultado Treinta Cinco (35) residentes encuestados correspondiente al ámbito inmediato de la propuesta planteado, de las cuales Treinta y Dos (32) mani fi estan su Opinión DESFAVORABLE, representando al 91% de opiniones de manera categóricamente desfavorable a la petición de Cambio de Zoni fi cación de RDB a CZ, conforme se encuentra señalado en el Memorándum Nº 964-2024-GPV-MSS. - Es preciso remarcar que el justi fi cante negativo a la propuesta materia de evaluación corresponde al incremento de congestión vehicular e inseguridad, contaminación ambiental, dé fi cit de zonas de estacionamiento, atracción de personas ajenas a la zona creando una convivencia intranquila, insu fi ciente capacidad del servicio de agua y alcantarillado, y alterarían el orden y carácter Residencial del Sector. Que, en ese contexto, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en conformidad al marco de la Ordenanzas 2086 MML, señala que la presente evaluación técnica de la propuesta de Petición de Cambio de Zoni fi cación de Zona de Residencial Baja RDB a Comercio Zonal - CZ, para el área de 451.04m2, constituido por el lote 3 y 4 acumulado, ubicado en la Ca. Y (ahora Ca. Bayobar Sur) Mz. E-4, Urb. San Juan Grande, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, tiene la opinión DESFAVORABLE; Que, a través del Informe N° 57-2024-GDU-MSS de fecha 05.09.2024, la Gerencia de Desarrollo Urbano, concluye en la línea de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro que es Desfavorable la Petición de Cambio de Zoni fi cación de ZONA DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA -RDB a COMERCIO ZONAL-CZ, para un área de 451.04m2, constituido por el Lote 3 y 4 acumulado, ubicado en la Ca. Y (ahora Ca. Bayobar Sur), Mz. M-4 Urb. San Juan Grande (ahora Urb. Prolongación Benavides), en el distrito de Santiago de Surco; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con el Informe N° 682-2024-GAJ-MSS de fecha 13.09.2024, es de opinión que la solicitud de cambio de zoni fi cación presentada por la Sra. Alejandra Atencio Chuquimantari solicita el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 451.04m2, constituido por el Lote 3 y 4 acumulado, ubicado en la Ca. Y (ahora Ca. Bayóvar Sur), Mz. E-4, Urb. San Juan Grande, distrito de Santiago de Surco, es Desfavorable de acuerdo al Informe técnico emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal a fi n que se emita el Acuerdo de Concejo respectivo, y posteriormente se remitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima; asimismo, precisa que, de acuerdo a los plazos otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, la fecha de vencimiento fue el 13 de setiembre del 2024, no obstante es factible la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, para que la Municipalidad Metropolitana de Lima conozca la posición del distrito, debiéndose recomendar que la Gerencia de Desarrollo Urbano resuelva dentro de los plazos otorgados, incluyendo en ello, el trámite de la aprobación del Acuerdo de Concejo respectivo; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 1500-2024-GM-MSS de fecha 16.09.2024, teniendo en cuenta lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita se eleve el expediente al Concejo Municipal para su atención y luego de emitir su pronunciamiento se realice la comunicación a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, posteriormente, con el Informe N° 696-2024-SGPUC-GDU-MSS de fecha 19.09.2024, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, informa que la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha concedido un plazo adicional hasta el 11.10.2024 para que nuestra entidad se pronuncie a través de un Acuerdo de Concejo respecto a la propuesta de la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Residencial Baja RDB a Comercio Zonal - CZ, para el área de 451.04m2, constituido por el lote 3 y 4 acumulado, ubicado en la Ca. Y (ahora Ca. Bayobar Sur) Mz. E-4, Urb. San Juan Grande, en el distrito