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10 NORMAS LEGALES Martes 22 de octubre de 2024 El Peruano / Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, la misma que fue modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 298-2013-MINAM, Resolución Ministerial Nº 300-2013-MlNAM, Resolución Ministerial Nº 186-2015-MINAM, Resolución Ministerial Nº 383-2016-MINAM, Resolución Ministerial Nº 159-2017-MINAM, Resolución Ministerial Nº 276-2017-MINAM, Resolución Ministerial Nº 190-2019-MINAM, Resolución Ministerial Nº 202-2019-MINAM, Resolución Ministerial Nº 023-2020-MINAM, Resolución Ministerial Nº 129-2020-MINAM, Resolución Ministerial Nº 076-2021-MINAM, Resolución Ministerial Nº 104-2021-MINAM, Resolución Ministerial Nº 135-2021-MINAM, Resolución Ministerial Nº 186-2021-MINAM, Resolución Ministerial Nº 193-2023-MINAM, Resolución Ministerial Nº 260-2023-MINAM, Resolución Ministerial Nº 009-2024-MINAM, Resolución Ministerial Nº 00325-2024-MINAM y Resolución Ministerial Nº 00335-2024-MINAM; Que, con O fi cio Nº 1381-2024-MIDAGRI-DVAFIR/ DGAAA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego presenta al Ministerio del Ambiente, una propuesta de modi fi cación de la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobada por Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM, con relación a los proyectos de inversión del sector agrario y riego; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 00252-2024-MINAM, el Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que modi fi ca la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), aprobada por Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM, respecto a los proyectos de inversión del sector agrario y riego”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;Que, de acuerdo con el artículo 87 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental es el órgano responsable de conducir el SEIA; Que, mediante Informe Nº 00559-2024-MINAM/VMGA/ DGPIGA/DGEIA y Memorando Nº 00970-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental propone la Resolución Ministerial que modi fi ca la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM y modi fi catorias, en lo que respecta a los proyectos de inversión del sector agrario y riego, tomando en consideración los aportes y comentarios recibidos durante la prepublicación, por lo que corresponde su aprobación; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM y normas modi fi catorias, respecto a los proyectos de inversión del sector agrario y riego, de acuerdo al siguiente detalle: SECTOR GOBIERNO NACIONAL - SECTORIAL GOBIERNO REGIONALGOBIERNO LOCAL Agricultura y riego Ministerio de Agricultura y riego Producción y/o Transformación Agrícola. 1. Cultivos agrícolas de superficie mayor a cincuenta (50) hectáreas, incluido sus componentes principales y auxiliares (infraestructuras, vías de acceso, exploración y explotación de agua superficial y/o subterránea, sistemas de riego, entre otros vinculados y afines). Nota: Los cultivos agrícolas de superficie menor a cincuenta (50) hectáreas estarán sujetos al SEIA siempre que se encuentren dentro de los supuestos de la tipología 32 . (...) Infraestructura hidráulica de riego y/o afianzamiento hídrico (…)19. Obras de defensa ribereña, a excepción de aquellas cuya construcción considere como insumo principal la roca y aquellos proyectos de inversión pública de defensa ribereña que tengan por finalidad la prevención ante eventos extremos. (…) Otros 32. Proyectos del sector agrario y de riego que se localicen dentro de áreas naturales protegidas o en su zona de amortiguamiento; áreas de conservación regional; ecosistemas frágiles; sitios RAMSAR; bosque seco; bosque primario; bosque secundario maduro; hábitats críticos; áreas con presencia de restos arqueológicos; con excepción de: • Proyectos, actividades y/o servicios de inversión pública relacionados a la siembra y cosecha de agua, • Recuperación de servicios ecosistémicos, • Obras de defensa ribereña cuya construcción considere como insumo principal la roca o aquellos proyectos de inversión pública de defensa ribereñas que tengan por finalidad la prevención ante eventos extremos, • Proyectos de inversión pública de mantenimiento o mejoramiento de obras de infraestructura hidráulica menor existentes de captación y/o conducción de agua superficial menores a 2 m³/s o subterráneas menores 0.06 m³/s, • Fortalecimiento de capacidades e innovación tecnológica.No ha recibido la función de certificación ambiental en el marco del proceso de descentralización.No ha recibido la función de certificación ambiental en el marco del proceso de descentralización.