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19 NORMAS LEGALES Martes 22 de octubre de 2024 El Peruano / Técnicos de los bienes regulados en la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables”; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 149- 2005-EF, Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC, dispone que, mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, los proyectos de Reglamentos Técnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano o en la página web del sector que los elabore; tratándose de publicación en la página web, la Resolución Ministerial debe indicar obligatoriamente el vínculo electrónico correspondiente; asimismo, el proyecto de Reglamento Técnico debe permanecer en el vínculo electrónico por lo menos noventa (90) días calendario, contados desde la publicación de la Resolución Ministerial del sector correspondiente en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 16 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que las entidades de la Administración Pública difunden las normas jurídicas de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivas sedes digitales, revistas institucionales, en caso cuenten con ellas, y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva; asimismo el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 de la precitada norma dispone que el plazo para la recepción de aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, la Decisión 827 de la Comisión de la Comunidad Andina (CAN), establece los Lineamientos para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad en los Países Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario; Que, mediante el O fi cio N° 00659-2024-MINAM/ VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente remitió al Ministerio de la Producción el Informe N° 00093-2024-MINAM/VMGA/DGCA, a través del cual se emite opinión favorable al proyecto de Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables, con la fi nalidad que se continúen con los trámites correspondientes para el proceso de consulta pública; Que, a través del Informe N° 00000079-2023-PRODUCE/ DS, de la Dirección de Sanciones y de la Dirección de Supervisión y Fiscalización de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, se otorga la opinión favorable sobre el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables; Que, por el Informe N° 00000045-2024-PRODUCE/DN- jcanchucaja y el Informe N° 00000649-2024-PRODUCE/ DN, de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, se propone y sustenta la necesidad de disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos, por el plazo de noventa (90) días calendario; Que, a través del Informe N° 00001138-2024-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, desde el punto de vista legal, resulta viable disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos; Que, de acuerdo con el sustento técnico antes indicado y atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 149-2005-EF y en el artículo 16 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, resulta necesario publicar el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables, el referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de noventa (90) días calendario, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 149-2005-EF, Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 009-2024- JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reciclables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de noventa (90) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Disponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dn@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2336504-1 Modifican la R.M. N° 00002-2024-PRODUCE, que delega facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de la Producción y de organismos adscritos durante el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000417-2024- PRODUCE Lima, 21 de octubre de 2024