NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 76
76 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecido en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos; en concordancia con lo establecido en el numeral 12) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1440, que establece que la “Programación Multianual. - Consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN)”; Que, respecto a la articulación intergubernamental que debe existir en el ámbito presupuestal, el apartado h) del inc. 13.1 del Art. 16 de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2024: “Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el primer trimestre del año 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.”; Que, en el mismo sentido, el Inc. 13.2 del Art. 13 de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, el artículo 11 de la Ley Nº 32103 Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos Asociados a la Reactivación Económica y Dicta Otras Medidas establece: Nuevo plazo para transferencias fi nancieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley 31953, Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta el 16 de setiembre del año en curso; Asimismo, se autoriza, excepcionalmente, a los Gobiernos Regionales, a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias fi nancieras en el marco del presente literal, a favor de los gobiernos locales para fi nanciar inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional. Para tal efecto el pliego que transfi ere los recursos del FONCOR, debe garantizar que en su Presupuesto Institucional Modifi cado (PIM) cumple con lo dispuesto en el literal b del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 038-2022-EF - Modifi can las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del fi nanciamiento y fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado, para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11 de la presente Ley; Que el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 063-2024-GRLL- CR, de fecha 09 de mayo del 2024, se establecieron disposiciones de obligatorio cumplimiento, en materia de transferencia a favor de los gobiernos locales; Que, con fecha 14 de agosto del 2024, se ingresó por mesa de partes el OFICIO Nº 206-2024- MPM/A, suscrito por el Alcalde Distrital de MACHE, por medio del cual realizó la solicitud de suscripción de un CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MACHE, A FAVOR DEL PROYECTO DE INVERSION PUBLICA DENOMINADO “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL EN LA PLAZA DE ARMAS DE LA CIUDAD DE MACHE, DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2604812; Que, mediante INFORME Nº 001624-2024-GRLL- GGR-GRI-SGED, emitido por la Sub Gerencia de Estudios Defi nitivos, con la opinión técnica favorable a la solicitud de fi nanciamiento del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL EN LA PLAZA DE ARMAS DE LA CIUDAD DE MACHE, DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2604812, es así, que el Sub Gerente de Estudios Defi nitivos el Ing. ARTURO ADOLFO GILES MENDOZA, informa que remite OPINIÓN FAVORABLE, al proyecto antes referido; Que, el Sub Gerente de Planeamiento mediante INFORME TÉCNICO Nº 055-2024-GRLL-GGR- GRPAT-SGP, señala que del análisis realizado al expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Distrital de Mache, y luego de haber cumplido con revisar y verifi car la documentación correspondiente y el cumplimiento de los requisitos de Ley, esta Sub Gerencia de Planeamiento emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción y fi rma del citado Convenio; Que, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, mediante INFORME TÉCNICO 00094-2024-GRLL-GGR-GRPAT-SGPMI, informa que ha procedido a verifi car satisfactoriamente que la Unidad Ejecutora de Inversiones a las cuales se le transferirá los recursos cuentan con las competencias correspondientes para su ejecución, asimismo emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera porque cumplen con lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los Lineamientos, Lineamientos sobre modifi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 aprobado con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con INFORME Nº 000358-2024-GRLL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 1’578,991.00, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, Rubro 15 FONCOR; Que, mediante Informe Legal Nº 241-2024-GRLL- GGR-GRAJ de fecha 26 de agosto del 2024, suscrito por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica en el cual manifi esta que conforme a los actuados; y, al análisis legal realizado, EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a