NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 60
60 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respectivamente. El acuerdo del consejo regional se publica en el diario ofi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. La copia del acuerdo de consejo regional y del acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en consecuencia, conforme al procedimiento previsto en la Ley Nº 32103 – Ley que Aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos Asociados a la Reactivación Económica, corresponde la solicitud de aprobación mediante Acuerdo de Consejo para la Reducción mediante Modifi cación Presupuestal de los Recursos correspondientes a saldo de Balance por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, por el monto de S/.8,231,015.00 soles; Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, mediante OPINIÓN LEGAL Nº 334-2024-GORE/ APUTIMAC/08/DRAJ, emite PRONUNCIAMIENTO FAVORABLE para la Reducción mediante Modifi cación Presupuestal de los Recursos correspondientes a saldo de Balance por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, al estar conforme al procedimiento previsto para dicho fi n en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32103; y en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Sub Gerencia de Presupuesto, quienes han verifi cado el sustento en base a los argumentos legales y técnicos expuestos; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En concordancia, los artículos 38º y 39º señalan que estas normas comprenden tanto las ordenanzas regionales, que norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así como los acuerdos de Consejo Regional, por los cuales este órgano expresa su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Qué; DICTAMEN Nº 009-2024-GR.APURIMAC/CR- CO-PPATyCTI; La Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial integrada por los Consejeros Regionales: a) PRESIDENTE: JESÚS ALFREDO ISLACHIN AQUISE, b) VICEPRESIDENTE: ROSMERY QUISPE VILCHEZ, c) SECRETARIA: WILDO QUISPE CHIPANA, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac Dictamina de forma Favorable en lo referente al Proyecto de Acuerdo de Consejo Regional: “APROBAR LA REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 CANON Y SOBRE CANON POR EL MONTO DE S/. 8, 231,015.00.” Que, de las disposiciones aludidas se puede afi rmar que la aprobación para la Reducción mediante Modifi cación Presupuestal de los Recursos correspondientes a saldo de Balance por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados debe efectuarse a través de la emisión de un Acuerdo de Consejo, de conformidad con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y de conformidad con la Ley Nº 32103; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha viernes veintitrés de agosto del dos mil veinticuatro, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional con el voto por Unanimidad de sus integrantes; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta:HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, la REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 CANON Y SOBRE CANON POR EL MONTO DE S/. 8, 231,015.00, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 32103 – Ley que Aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos Asociados a la Reactivación Económica y dicta otras medidas. Artículo Segundo.- REMITIR, copia del acuerdo de consejo regional, dentro de los cinco días calendario de aprobada, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público, de conformidad a lo previsto en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 32103. Artículo Tercero.- DELEGAR, al Secretario General del Consejo Regional, notifi car el Presente Acuerdo del Consejo Regional, al Gerente General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Se dé a conocer para su cumplimiento y fi nes de Ley. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 32103. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumplaDado en la ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. CARLOS OSCCO QUISPE Presidente Consejo Regional 2320354-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican la Ordenanza Regional N° 455-AREQUIPA, que aprueba la creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL N° 521- AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: POR CUANTO:Que por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la ley Nro. 27783 de Bases de la Descentralización; Ley Nro. 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales N.º 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, N.º 010-AREQUIPA y N° 154-AREQUIPA y sus modifi catorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 301-AREQUIPA, N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA y N° 403-AREQUIPA.