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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del fi nanciamiento y fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado, para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11 de la presente Ley; Que el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 063-2024-GRLL- CR, de fecha 09 de mayo del 2024, se establecieron disposiciones de obligatorio cumplimiento, en materia de transferencia a favor de los gobiernos locales; Que, con fecha 14 de agosto del 2024, se ingresó por mesa de partes el OFICIO Nº 207-2024- MPM/A, suscrito por el Alcalde Distrital de MACHE, por medio del cual realizó la solicitud de suscripción de un CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MACHE, A FAVOR DEL PROYECTO DE INVERSION PUBLICA DENOMINADO “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN COMPLEJO TURÍSTICO MIRAMAR EN LA RUTA: CASERÍO VISTA ALEGRE Y QUINIGON DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2602644; Que, mediante INFORME Nº 001623-2024-GRLL- GGR-GRI-SGED, emitido por la Sub Gerencia de Estudios Defi nitivos, con la opinión técnica favorable a la solicitud de fi nanciamiento del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN COMPLEJO TURÍSTICO MIRAMAR EN LA RUTA: CASERÍO VISTA ALEGRE Y QUINIGON DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2602644, es así, que el Sub Gerente de Estudios Defi nitivos el Ing. ARTURO ADOLFO GILES MENDOZA, informa que remite OPINIÓN FAVORABLE, al proyecto antes referido; Que, el Sub Gerente de Planeamiento mediante INFORME TÉCNICO Nº 060-2024-GRLL-GGR- GRPAT-SGP, señala que del análisis realizado al expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Distrital de Mache, y luego de haber cumplido con revisar y verifi car la documentación correspondiente y el cumplimiento de los requisitos de Ley, esta Sub Gerencia de Planeamiento emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción y fi rma del citado Convenio; Que, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, mediante INFORME TÉCNICO 00095-2024-GRLL-GGR-GRPAT-SGPMI, informa que ha procedido a verifi car satisfactoriamente que la Unidad Ejecutora de Inversiones a las cuales se le transferirá los recursos cuentan con las competencias correspondientes para su ejecución, asimismo emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera porque cumplen con lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los Lineamientos, Lineamientos sobre modifi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 aprobado con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con INFORME Nº 000362-2024-GRLL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 731,313.00, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, Rubro 15 FONCOR; Que, mediante Informe Legal Nº 245-2024-GRLL- GGR-GRAJ de fecha 26 de agosto del 2024, suscrito por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica en el cual manifi esta que conforme a los actuados; y, al análisis legal realizado, EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Mache, por la suma de S/ 731,313.00 (Setecientos treinta y un mil, trescientos trece con 00/100), destinados a la ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN COMPLEJO TURÍSTICO MIRAMAR EN LA RUTA: CASERÍO VISTA ALEGRE Y QUINIGON DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2602644; y, respecto de la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para hacer efectiva la transferencia antes detallada; Que, mediante Ofi cio Nº 456-2023-GRLL-GGR, de fecha 29 de agosto del 2024, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1621-2015-GRLL-GOB; y, contando con el informe de viabilidad presupuestal, así como las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional sobre autorizar la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado; Que, en Sesión de Consejo Regional de fecha 03 de setiembre del año en curso, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen Nº 0039-2024-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Mache, para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado; donde, previa sustentación técnica y legal por parte de las gerencias regionales del Gobierno Regional de La Libertad, según constan del acta de su propósito, sometió a votación del Pleno del Consejo Regional, siendo aprobado por mayoría; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y los Artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR- LL/CR, demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Mache, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS TRECE CON 00/100 SOLES (S/ 731,313.00), destinados al fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto, “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS EN COMPLEJO TURÍSTICO MIRAMAR EN LA RUTA: CASERÍO VISTA ALEGRE Y QUINIGON DISTRITO DE MACHE DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2602644; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el Artículo 11º de la Ley Nº 32103, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos asociados a la Reactivación Económica y dicta otras