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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / GOLF; VIA. LOS ANGELES, CALLE LOS CEREZOS, CALLE LOS NARANJOS, CALLE PALMAR; CALLE LOS MANGOS; CALLE COCOTEROS; CALLE LOS OLIVOS; CALLE AZAFRANES; CALLE NOGALES II, CALLE ALMENDROS, CALLE POMARROSAS; CALLE LOS NISPEROS; CALLE LOS MANZANOS; VÍA HUAMAN; VIA. FATIMA; DISTRITO DE VÍCTOR LARCO HERRERA DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2651670; recomendado remitir los actuados al Consejo Regional La Libertad a fi n de poner a consideración la emisión del acuerdo regional por el cual se autorice la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera; Que, mediante Ofi cio N° 000304-2024-GRLL- CR, de fecha 27 de agosto 2024, el Pr esidente del Consejo Regional Ever Cadenillas Coronel, solicita a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emitir dictamen, conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 03 de setiembre del 2024, el Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen N° 044-2024-GRLL-CR-COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital Víctor Larco Herrera de la Provincia de Trujillo del Departamento de La Libertad, para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado; donde, previa sustentación técnica y legal por parte de las gerencias regionales del Gobierno Regional de La Libertad, según constan del acta de su propósito, sometió a votación del Pleno del Consejo Regional, siendo aprobado por MAYORÍA; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR- LL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA: En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y estando a la acordado; HA TOMADO EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera, hasta por la suma de Cuatro millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos once con 00/100 soles (S/. 4,851,411.00), destinados al cofi nanciamiento de la ejecución del Proyecto, “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LA VÍA EL GOLF; VIA. LOS ANGELES, CALLE LOS CEREZOS, CALLE LOS NARANJOS, CALLE PALMAR; CALLE LOS MANGOS; CALLE COCOTEROS; CALLE LOS OLIVOS; CALLE AZAFRANES; CALLE NOGALES II, CALLE ALMENDROS, CALLE POMARROSAS; CALLE LOS NISPEROS; CALLE LOS MANZANOS; VÍA HUAMAN; VIA. FATIMA; DISTRITO DE VÍCTOR LARCO HERRERA DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; con CUI 2651670; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 13° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la presente transferencia fi nanciera; sin perjuicio del seguimiento por parte de los consejeros regionales, a fi n de cautelar el cumplimiento de la fi nalidad de la transferencia autorizada conforme al artículo primero del presente acuerdo regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad, para efectos del control concurrente a la ejecución del proyecto. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Registre, notifíquese y cúmplase.EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional 2321977-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Mollepata ACUERDO REGIONAL N° 000141-2024- GRLL-CR Trujillo, 3 de setiembre del 2024 AUTORIZAN TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLEPATA, DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN CON CUI N° 2631825 DENOMINADO “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE RURA L Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN EL CASERÍO DE HUARANA DEL DISTRITO DE MOLLEPATA, PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria de fecha 03 de setiembre del 2024, VISTO Y DEBATIDO, el OFICIO N° 109-2024-CR-COMPLAN, que contiene el Dictamen N° 043- 2024-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLE PATA, destinados a la ejecución del Proyecto, con Código Único de Inversión N° 2631825 “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN EL CASERÍO DE HUARANA DEL DISTRITO DE MOLLE PATA, PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o