NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Sábado 7 de setiembre de 2024 El Peruano / como estructuras arquitectónicas, o casionado un riesgo probable que dichos sucesos se promuevan y expanden. Factores naturales: Afectación directa por parte de vegetación arbustiva y arbórea que crece en abundancia debido a la presencia de precipitaciones temporales.” Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser notificados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informes N° 000221- 2024-SDPCICI- DDC CAJ-LEF/MC de fecha 15 de mayo de 2024, la Subdirección de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales e Interculturalidad de la Dirección Desconcentrada de Cajamarca remite a la Dirección Desconcentrada de Cajamarca la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico de “Huaca La Mala Muerte”, ubicado en el distrito de Distrito de Nanchoc, provincia de San Miguel y departamento de Cajamarca, recaída en el Informe de Inspección N° Inspección N° N°002-2024-DRCHC/ DDC CAJ/MC de fecha 07 de mayo de 2024, para su atención; Que, mediante Informes N° 000206- 2024-SDPCICI- DDC CAJ-LGT/MC de fecha 20 de mayo de 2024, el área legal de la Dirección Desconcentrada de Cajamarca recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico de “Huaca La Mala Muerte”, ubicado en el distrito de Distrito de Nanchoc, provincia de San Miguel y departamento de Cajamarca; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial Nº 000058-2024-VMPCIC- MC de fecha 23 de febrero de 2024; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico de “Huaca La Mala Muerte”, ubicado en el distrito de Distrito de Nanchoc, provincia de San Miguel y departamento de Cajamarca, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano poligonal del SITIO ARQUEOLÓGICO “Huaca La Mala Muerte”, Escala: 1:4250/WGS84, Fecha Abril del 2024. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N°002-2024-DRCHC/ DDC CAJ/MC de fecha 07 de mayo de 2024, elaborado por la especialista de la Subdirección de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales e Interculturalidad de la Dirección Desconcentrada de Cajamarca, así como en los Informes N° 000221- 2024-SDPCICI-DDC CAJ-LEF/ MC de fecha 15 de mayo de 2024 y el Plano poligonal del SITIO ARQUEOLÓGICO “Huaca La Mala Muerte”, Escala: 1:4250/WGS84, Fecha Abril del 2024; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especificado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Subdirección de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales e Interculturales de la Dirección Desconcentrada de Cajamarca, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectaciónParalizar cualquier obra no autorizada que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especificaciones técnicas y las que afecten de manera directa o indirecta el M.A.P. Señalización Monumentalización de hitos y señalización oficial adicional a la que se tiene en el sitio arqueológico. Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesoriosRetiro de estructuras precarias y elementos ajenos al sitio arqueológico Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Subdirección de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales e Interculturalidad de la Dirección Desconcentrada de Cajamarca de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Nanchoc, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° N°002-2024-DRCHC/ DDC CAJ/MC de fecha 07 de mayo de 2024, el Informes N° 000221- 2024-SDPCICI-DDC CAJ-LEF/MC de fecha 15 de mayo de 2024 e Informes N° 000206- 2024-SDPCICI- DDC CAJ-LGT/MC de fecha 20 de mayo de 2024 y el Plano poligonal del SITIO ARQUEOLÓGICO “Huaca La Mala Muerte”, Escala: 1:4250/WGS84, Fecha Abril del 2024, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese (publíquese/notifíquese) y cúmplase. ROXANA JUDITH PADILLA MALCA Dirección Desconcentrada de Cultura Cajamarca 2322093-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal naval a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00937-2024-DE Lima, 5 de septiembre del 2024