NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/09/2024)
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95 NORMAS LEGALES Sábado 7 de setiembre de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2024-MDMP Mi Perú, 4 de setiembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERU VISTO: El Memorando Nº 980-2024-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 285-2024-MDMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 978-2024-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 245-2024-MDMP-GDSVE de la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico, respecto a la Convocatoria a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, del año 2024; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidade.- Ley Nº 27972 - establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecino, que no sean de competencia del Concejo Municipal” Que, la Ley Nº 31433, que modifica a la Ley Nº 27972, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, modificando entre otros, el artículo 20º, en el numeral 36, en el cual establece como una de las atribuciones del alcalde de convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción del gobierno local. Asimismo, la referida ley incorpora el artículo 119-A a la ley Nº 27972, “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal” Que, con Ordenanza Nº 171-MDMP se aprobó el Reglamento para el desarrollo de las Audiencias Públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, que en su artículo 13 indica que el Titular de la Entidad es el responsable de efectuar la Audiencia Pública, para lo cual contara con el apoyo de un equipo técnico. Que, mediante el Informe Nº 245-2024-MDMP/ GDSVE, la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico, la emisión del Decreto de Alcaldía para la convocatoria a la Audiencia Pública de rendición de cuentas, conforme al marco legal vigente. Que a través del Informe Nº 285-2024-MDMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye (4.4) Es viable la convocatoria de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas (…) de conformidad a lo señalado por la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico Estando a las consideraciones expuestas y el uso de atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, los días 26, 27, 28 y 30 de Setiembre del 2024, cuyos anexos (cronograma de actividades y agenda) forman parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que los anexos señalados en el artículo primero del presente dispositivo serán publicados en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob. pe) Artículo Tercero.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría y Gestión Documentaria la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario “El Peruano”, asimismo, encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación del decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www. munimiperu.gob.pe) Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase. IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2322324-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA, plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES