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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el artículo 3° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fi scalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modi fi caciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fi scalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fi scalizadora e investigación en los asuntos de su competencia; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de agosto de 2024, mediante citación N° 018-2024-GRU-CR-SCR, se dispone como tercer punto de agenda, el ingreso del Ofi cio N° 361-2024-GRU-GR de fecha 16 de julio de 2024, mediante el cual el Gobernador Regional de Ucayali solicita la modi fi cación del Acuerdo Regional N° 054-2024-GRU- CR, en el extremo de actualizar el monto de fi nanciamiento para la IOARR “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE AULA: CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DE RECREACIÓN PASIVA; REMODELACIÓN DE AULA; ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE LABORATORIO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FILIAL AGUAYTÍA, DISTRITO DE BOQUERON, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, por la suma ascendente a S/ 3’158,596.63 (Tres millones ciento cincuenta y ocho mil quinientos noventa y seis con 63/100 soles); Que, mediante Acuerdo Regional N° 059-2024-GRU- CR de fecha 30 de abril de 2024, en el artículo primero se aprueba la transferencia fi nanciera por parte del Gobierno Regional de Ucayali, a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, la suma de la suma de S/ 3’185,696.63, para fi nanciar el proyecto “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE AULA: CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DE RECREACIÓN PASIVA; REMODELACIÓN DE AULA; ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE LABORATORIO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FILIAL AGUAYTÍA, DISTRITO DE BOQUERON, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”; Que, mediante Informe N° 03-2024-GRU-GGR- ORAJ/KXCEC de fecha 10 de julio de 2024 la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, indica: Por tanto, en observación del Principio de Legalidad, prevista en el numeral 1.1 del inciso 1, del artículo IV del Título Preliminar del T.U.O. de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, las atribuciones conferidas al Consejo Regional mediante Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; en consecuencia corresponde REMITIR el presente expediente al Consejo Regional por intermedio del Gobernador Regional de Ucayali para se evalúe la propuesta de modi fi cación del ACUERDO REGIONAL N° 054-2024-GRU-GR de fecha 30 de abril de 2024, solicitado por la Universidad Nacional de Ucayali, dado que se actualizó el monto a transferir (…); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de agosto de 2024, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del artículo primero del Acuerdo Regional N° 054-2024-GRU-CR, respecto al monto de fi nanciamiento del IOARR “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE AULA: CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DE RECREACIÓN PASIVA; REMODELACIÓN DE AULA; ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE LABORATORIO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FILIAL AGUAYTÍA, DISTRITO DE BOQUERON, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, el mismo que debe de ser por la suma de S/ 3’158,596.63, manteniéndose subsistente los demás extremos. Artículo Segundo.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes. Artículo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.LEONARDO GABRIEL MALLQUI DÍAZ Presidente 2318718-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la desafectación de uso de suelo en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA N° 2650 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADO DEL DESPACHO POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 29 de agosto de 2024; En uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura a través del Dictamen N° 079-2024-MML/CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE USO DE SUELO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo 1.- Declarar favorable la solicitud de desafectación de uso de suelo de un área de 354.69 m2,