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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / • Gerente de Seguridad Ciudadana • Gerente de Servicios Públicos y Gestión Ambiental• Subgerente de Participación Vecinal Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, que tomar las acciones necesarias a fi n de dar cumplimiento y ejecución a lo dispuesto en el presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- DISPONER que la O fi cina General de Secretaria General se encargue de publicar el presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria General la noti fi cación del presente Acuerdo a los miembros del Equipo Técnico conformado en el Articulo Segundo, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo y a la O fi cina de Gestión de Gobierno Digital su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lurigancho (https:// munichosica.pe/) y el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSWALDO HERNÁN VARGAS CUELLAR Alcalde 2325071-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Autorizan viaje de regidora para participar en evento a realizarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO N° 192-2024- MDMM Magdalena del Mar, 26 de agosto de 2024POR CUANTOEl Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 18 de la fecha, y; VISTOSLa Carta N° 175 CIT PERU/XII-MIC-2024/P cursada por la Coordinadora por la Inversión y el Trabajo del Perú, el Informe N° 2680-2024-OACP-OGA-MDMM emitido por la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial, el memorándum múltiple N° 100-2024-SG-MDMM de la Secretaria General, el Memorando N° 2633-2024-OGPP- MDMM emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 2006-2024-OGA- MDMM emitido por la O fi cina General de Administración, el Informe N° 511-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 896-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDOQue, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario;Que, la Ley N° 27619, tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público; Que, el artículo 1 de la citada norma, modi fi cada por Ley N° 28967, establece que los funcionarios y servidores que en misión o fi cial viajen al exterior y que irroguen gasto al Estado deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar, asimismo, precisa que los viajes se autorizarán mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad; Que, el artículo 2 del Reglamento de la norma antes mencionada, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el artículo 5 del precitado Reglamento, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a las zonas geográ fi cas establecidas en aquel; Que, el artículo 8 del mismo Reglamento establece que los viáticos que se otorguen conforme a la escala citada en el artículo 5 serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, a través del documento simple del visto, la Coordinadora por la Inversión y el Trabajo del Perú -CIT PERÚ- le cursa la invitación a la regidora Roxana María González Vaca, para participar del evento mencionado. Para tal efecto, señala que cubrirá los gastos necesarios con una media beca. En ese sentido, solo restaría a la entidad asumir la suma de USD 1,500.00 (mil quinientos 00/100 dólares) más IGV, así como el pago de los pasajes aéreos; Que, al veri fi car que el requerimiento está debidamente sustentado en el interés especí fi co de la Municipalidad, la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial, señala que para el costo de los viáticos la norma solo autoriza otorgar la suma de S/ 5,241.60 (cinco mil doscientos cuarenta y un con 60/100 soles) y sobre el costo de los pasajes aéreos, determina el monto de S/ 965.26 (novecientos sesenta y cinco con 26/100 soles); Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante memorando del visto, otorga disponibilidad presupuestaria por el monto total de S/ 6,206.86 (seis mil doscientos seis con 86/100 soles), con cargo al presupuesto institucional 2024 de la entidad; Que, la O fi cina General de Administración, mediante memorando del visto, precisa que, al momento de compra de los pasajes, estos se deberán de ajustarse al tipo de cambio del día, lo cual podría variar la disponibilidad presupuestal; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, por medio del informe del visto, emite opinión legal favorable respecto de la emisión del acuerdo de concejo que autorice el viaje de la regidora Roxana María González Vaca, así como el egreso que corresponda para sufragar los gastos de viáticos y pasajes; Que, el artículo 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cado por Ley N° 31433, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: