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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la señora regidora ROXANA MARÍA GONZÁLEZ VACA a Medellín, Colombia, desde el 17 al 20 de septiembre de 2024, para participar en el evento denominado «XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras», en representación de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo de concejo serán atendidos con cargo al presupuesto institucional 2024 de esta entidad, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos (en clase económica): S/ 965.26 (novecientos sesenta y cinco con 26/100 soles). Viáticos (por cuatro días): USD 1,480.00 (mil cuatrocientos ochenta con 00/100 dólares americanos), monto que deberá ser convertido al tipo de cambio vigente en el momento en que se ejecute el presente acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la señora regidora Roxana María González Vaca presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como de la rendición de cuentas correspondiente, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina de Tesorería, a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y a los demás órganos y unidades orgánicas de la entidad que resulten competentes, el cabal cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2323826-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Autorizan viaje del Alcalde y del Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre de la Municipalidad a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2024/MDV-CDV Ventanilla, 11 de setiembre de 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal virtual y presencial de 11 de setiembre de 2024, la Carta Nº 168CIT PERU/XIII-MIC-2024/P, el Informe Nº 194- 2024/MDV-SG, el Memorando Múltiple Nº 034-2024/ MDV-SG y el Memorando Nº 1211-2024/MDV-SG de la Secretaría General, los Memorandos Nº 100-2024/MDV-ALC y Nº 104-2024-MDV-ALC del despacho de Alcaldía, el Memorando Nº 688-2024-MDV/GSCYGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe Nº 057-2024-MDV/GSCYGRD- CODISEC-ST del Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC – Ventanilla, el Memorando Nº 3244-2024/MDV-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 02180-2024/MDV-GAF-SGL de la Subgerencia de Logística, el Memorando Nº 2190-2024/MDV-GPLP, la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 2171-2024/MDV-GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Legal Nº 299-2024/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Proveídos Nº 8927-2024 y Nº 10130-2024 de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 004-2024-MDV-CAL-CSCyGRD, de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre (comisión conjunta), respecto a la i nvitación a la entidad para participar en la “XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras”, a realizarse en la ciudad de Medellín – Colombia, los días del 17 al 20 de setiembre de 2024; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referido a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional; Que, el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que una de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal es la de: “Autorizar los viajes al exterior del país, que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”. Así el artículo 20º, numeral 20º, establece que es atribución del Alcalde delegar las atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal, concordante con el artículo 24; Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público; que el artículo 1 de la citada norma modi fi cada por Ley Nº 28967, establece que los funcionarios y servidores que en misión o fi cial viajen al exterior y que irroguen gastos al Estado, deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar, asimismo, precisa que los viajes se autorizarán mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad; Que, los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, asimismo, estas resoluciones deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 017-2020-MDV/GM, se aprueba la “Directiva para el otorgamiento de viáticos y asignaciones a los funcionarios y servidores en comisión de servicios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”, señala en el numeral 8.1 que los viajes al exterior que realice el Alcalde en comisión de servicios o representación, requieren de autorización del Concejo Municipal; así mismo que la Gerencia de Administración y Finanzas es la encargada de disponer la adquisición de pasajes, asignación de viáticos y los recursos económicos necesarios para la comisión de servicio, observando las normas vigentes; igualmente el numeral 8.7 establece las disposiciones relacionadas a los viáticos y asignaciones en comisión de servicios a nivel del extranjero, debiendo considerarse, entre otras, la escala de viáticos y la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la autorización de viaje con anterioridad a su realización, así como la presentación del informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, durante el viaje realizado; en concordancia con lo establecido en el artículo 2, 3, 4 y 5 de Ley Nº 27619,