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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / realizado el 26 y 27 de octubre de 2023; por lo que, resulta crucial la participación activa de la Región Tacna en la lucha para alcanzar los objetivos de la Agenda 2030, así como será una oportunidad única para que nuestra región comparta y aprenda mejores prácticas sobre todo en la implementación de planes de seguridad alimentaria y estrategias para la prevención de pérdidas y desperdicio alimentario, entre otros aspectos, los cuales servirán para la elaboración de propuestas normativas regionales respecto a dichos temas. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios a la ciudad de Barcelona - España de la Consejera Regional Srta. JULIANA ISABEL JUNGBLUTH NIETO, con el objetivo de participar en la V Cumbre “Hambre Cero” que se realizará del 2 al 4 de octubre de 2024, considerándose el tiempo de traslado y regreso del evento. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el viaje autorizado mediante el presente Acuerdo de Consejo Regional irrogará un gasto de VEINTIDOS MIL SETECIENTOS DOS CON 00/100 SOLES (S/ 22,702.00) según detalle siguiente: N° servidores Pasajes y gastos de transporteViáticos y asignaciones por comisión de servicio Total 01 S/ 11,972.00 S/ 10,730.00 S/ 22,702.00 Artículo Tercero.- DISPONER que la comisionada presente al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Artículo Cuarto.- SOLICITAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional, considerándose lo relativo a su traslado de ida y vuelta, teniéndose en cuenta que se estará partiendo a la ciudad de Lima el 30 de setiembre de 2024, hasta el 6 de octubre del 2024. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Sexto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y DISPONER su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, ello en mérito a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27619. POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. JUAN VELASQUEZ LIMACHE Presidente 2323387-1 Autorizan viaje del Gobernador Regional a España, en comisión de servicios CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 103-2024-CR/GOB.REG.T ACNA Tacna, catorce de agosto de dos mil veinticuatroCONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 39 señala que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”. Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 prescribe: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público (…)”. Asimismo, el artículo 3 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”. Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que: “10.1. (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Que, mediante O fi cio Múltiple N° 00053-2024-ANGR/P, de fecha 12 de junio del 2024, remitido por el Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales al Gobierno Regional de Tacna comunica que la ORU FOGAR está realizando la “V Cumbre Hambre Cero” a desarrollarse del 2 al 4 de octubre de 2024 en la ciudad de Barcelona - España, la cual tiene como objetivo fortalecer la colaboración entre diferentes regiones, facilitar el intercambio de conocimientos y mejores prácticas para implementar soluciones innovadoras en áreas como cambio climático, agricultura, prevención de pérdidas y desperdicio alimentario, y la promoción de la gastronomía. Que, mediante O fi cio N° 707-2024-GR/GOB.REG. TACNA, de fecha 09 de agosto de 2024, remitido por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna al Consejo Regional de Tacna se solicita autorización de viaje al exterior del país para participar en la “V Cumbre Hambre Cero”, a realizarse del 2 al 4 de octubre de 2024, en la ciudad de Barcelona - España, indicándose además que para la autorización solicitada se debe tener en cuenta el tiempo de traslado al evento y que de ser procedente el pedido considerar que se estará partiendo a la ciudad de Lima el 30 de setiembre de 2024, hasta el 5 de octubre del 2024. Asimismo, se solicita la exoneración del trámite de comisión. Que, para efecto del pedido de autorización de viaje al exterior del país se adjunta la Opinión Legal N° 1216-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de julio de 2024, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Ofi cio N° 2949-2024-SGCTI-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 9 de agosto de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que remite el Informe N° 157-2024-GRPPAT-SGCTI/GOB.REG.TACNA, de fecha 9 de agosto de 2024, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el Ofi cio N° 716-2024-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de agosto de 2024, emitido por Gobernación Regional; que remite el O fi cio N° 2989-2024-SGPRE-GRPPAT/GOB. REG.TACNA, de fecha 13 de agosto de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y demás documentación sustentatoria. Que, en sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna de fecha 14 de agosto de 2024 se trató como punto de agenda el OFICIO N° 707-2024-GR/GOB.REG.TACNA, RECIBIDO CON FECHA 12 DE AGOSTO DEL 2024, EMITIDO