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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Jueves 26 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el Procedimiento Administrativo “DCV-023: Modi fi cación de la autorización de funcionamiento como centro de inspecciones técnicas vehiculares por cambio de tipo de una o más línea(s) de inspección técnica vehicular y/o la ampliación de las mismas” del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC, en adelante TUPA del MTC, concordante con el artículo 43-A del Reglamento, establece el procedimiento administrativo que, mediante Resolución Directoral, regula la modi fi cación del contenido de la autorización para la operación como Centro de Inspección Técnica Vehicular, por cambio de tipo de una o más línea(s) de inspección técnica vehicular y/o la ampliación de las mismas, a través de un proceso de veri fi cación de los documentos que justi fi quen su variación; asimismo, señala, como requisitos del procedimiento, que los CITV deben presentar ante el Ministerio una solicitud, consignando copia simple del Certi fi cado de Homologación de Equipos y de la Constancia de Calibración de Equipos, únicamente respecto de la(s) nueva(s) línea(s) de inspección técnica vehicular, y el pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago; Que, por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 del Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especi fi caciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC-15 y sus modi fi catorias, se señalan los alcances generales, área de inspección, áreas administrativas y las zonas de estacionamiento de la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los Centros de Inspección Técnica Vehicular; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0093-2023- MTC/17.03 de fecha 10 de febrero de 2023, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 26 de febrero de 2023, se autorizó a la empresa CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR JP S.A.C., a operar, por el plazo de cinco (05) años, como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. 13 de junio, Mz “S/N” Lt “S/N” Sector Julio C. Tello Anexo 08 Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Que, a través de la Hoja de Ruta Nº T-339880- 2024 de fecha 09 de julio de 2024, la señora ELSA FIORELLA VENTOCILLA ALVARADO, identi fi cada con DNI Nº 47680717, en su condición de Gerente General del CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR JP S.A.C., con RUC Nº 20609498821, en adelante CITV, solicitó la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, por ampliación de una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Menor; Que, con el O fi cio Nº 24312-2024-MTC/17.03 de fecha 18 de julio de 2024, noti fi cado el 19 de julio de 2024, se formularon observaciones a la solicitud presentada por el CITV, respecto de los recursos humanos, infraestructura inmobiliaria y el pago por derecho de trámite, requiriéndole la subsanación dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-365909-2024 de fecha 24 de julio de 2024, el CITV presentó la subsanación de las observaciones advertidas por medio del O fi cio Nº 24312-2024-MTC/17.03; Que, con el O fi cio Nº 25180-2024-MTC/17.03 de fecha 25 de julio de 2024, noti fi cado el 30 de julio de 2024, se otorgó al CITV, el plazo adicional de 10 días hábiles con la fi nalidad de que cumpla con la subsanación de las observaciones no subsanadas correctamente, respecto de los recursos humanos del CITV; Que, mediante Hoja de Ruta Nº T-339880-2024-A de fecha 02 de agosto de 2024, el CITV presentó la subsanación de las observaciones advertidas por medio del O fi cio Nº 25180-2024-MTC/17.03;Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-386724-2024 de fecha 08 de agosto de 2024, el CITV presentó información adicional, relacionada con los recursos humanos del CITV; Que, mediante el O fi cio Nº 26948-2024-MTC/17.03 de fecha 12 de agosto de 2024, se programó para el 15 de agosto de 2024 la inspección in situ al CITV, en el local ubicado en Av. 13 de junio, Mz “S/N” Lt “S/N” Sector Julio C. Tello Anexo 08 Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con la fi nalidad de veri fi car los recursos humanos, sistema informático y de comunicaciones, equipamiento e infraestructura inmobiliaria; Que, mediante el O fi cio Nº 27254-2024-MTC/17.03 de fecha 14 de agosto de 2024, se hizo de conocimiento del CITV que, en la inspección a realizarse el 15 de agosto de 2024, debe contar con un vehículo de la categoría L5, que corresponde a la línea de inspección técnica propuesta, así como un vehículo M3 o N3 para veri fi car que la modi fi cación solicitada no afecta la operatividad de la línea mixta autorizada; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 136- 2024-MTC/17.03.01 de fecha 15 de agosto de 2024, se realizó la inspección en el local del CITV, constatándose que cumple lo relativo a los recursos humanos, sistema informático y de comunicaciones, equipamiento e infraestructura inmobiliaria. Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-428318-2024 de fecha 03 de septiembre de 2024, el CITV presentó información complementaria respecto de los recursos humanos del CITV; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi có que, para la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular, por ampliación de una línea de inspección técnica vehicular, el CITV cumple con los requisitos establecidos en el Procedimiento Administrativo “DCV-023” del TUPA del MTC, concordante con el numeral 43-A del Reglamento; así como con las condiciones y requisitos para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular, establecidas en los artículos 30, 33, 34, 35, 36, 36, 37 y los numerales 32.3 y 32.4 del artículo 32 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0325-2024-MTC/17.03.01 de fecha 03 de septiembre de 2024, resulta procedente emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC-15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, otorgada al CITV CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR JP S.A.C., mediante Resolución Directoral Nº 0093-2023-MTC/17.03, para operar en el local ubicado Av. 13 de junio, Mz “S/N” Lt “S/N” Sector Julio C. Tello Anexo 08 Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, por ampliación de una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Menor, cuya vigencia se encuentra sujeta al plazo de la autorización objeto de modi fi cación. Artículo 2.- ACREDITAR, como inspectores al siguiente personal propuesto por el CITV CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR JP S.A.C.: