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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 26 de setiembre de 2024 El Peruano / la estabilización de precios de los combustibles derivados del Petróleo; en el Decreto Supremo N° 142-2004-EF mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004 ; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Decreto de Urgencia N° 005-2012; Decreto Supremo N° 025-2021-EM; y en el Procedimiento para la publicación de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo aprobado mediante Resolución N° 082-2012-OS/CD así como en sus normas modi fi catorias y complementarias, y; Con la opinión favorable de la División de Gas Natural y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Fijación de las Bandas de Precios del Diésel B5 destinado al uso vehicular Fijar la Banda de Precios para el Diésel B5 destinado al uso vehicular que estará vigente desde el viernes 27 de setiembre de 2024 hasta el jueves 31 de octubre de 2024, según lo siguiente: Producto LS LI Diésel B5 Bajo Azufre 8,97 8,87 Diésel B5 Alto Azufre 8,97 8,87 Notas: 1. Los valores del Diésel B5 se expresan en Soles por Galón. 2. LS: Límite Superior de la Banda. 3. LI: Límite Inferior de la Banda.4. Diésel B5: Diésel B5 destinado al uso vehicular. Artículo 2.- Márgenes Comerciales del Diésel B5 destinado al uso vehicular Fijar como Márgenes Comerciales para el Producto señalado en el artículo 1 de la presente resolución los valores del Cuadro N° 4 del Informe Técnico N° 675-2024- GRT. Dichos márgenes comerciales estarán vigentes desde el viernes 27 de setiembre de 2024 hasta el jueves 31 de octubre de 2024. Artículo 3.- Informes que integran la Resolución Incorporar el Informe Técnico N° 675-2024-GRT y el Informe Legal N° 626-2024-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/osinergmin, y consignarla junto con el Informe Técnico N° 675-2024-GRT y el Informe Legal N° 626-2024-GRT en: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx MIGUEL JUAN RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas 2328747-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 204-2024-ATU/PE Lima, 25 de setiembre de 2024VISTOS: El Memorando N° D-000225-2024-ATU/PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe N° D-000296- 2024-ATU/GG-OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000510-2024- ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el diario o fi cial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros N° 1, N° 2 y N° 4; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece las reglas para su implementación y en su literal b) se señala que el régimen contemplado en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, es de aplicación hasta la culminación del proceso de implementación del régimen de Servicio Civil en cada entidad pública; Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP N° 002852 de la ATU, cargo considerado de con fi anza, por lo que resulta necesario adoptar las acciones convenientes para garantizar el normal funcionamiento de las labores inherentes a dicho puesto; Que, mediante Memorando N° D-000225-2024-ATU/ PE, de fecha 25 de septiembre de 2024, la Presidencia Ejecutiva de la ATU solicitó a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos la evaluación del per fi l de la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB para el puesto de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU; Que, a través del Informe N° D-000296-2024-ATU/ GG-OGRH, de fecha 25 de septiembre de 2024, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente la designación de la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB en el puesto de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU; Que, mediante Informe N° D-000510-2024-ATU/GG- OAJ, de fecha 25 de septiembre de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente; Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Designar a la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB en el puesto de Asesora II de