NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 43
43 NORMAS LEGALES Viernes 27 de setiembre de 2024 El Peruano / INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Rectora y Vicerrectora Académica de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a Bolivia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 178-2024- UNTELS-CU Villa El Salvador, 20 de setiembre de 2024 VISTO: El acuerdo adoptado del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur en su sesión ordinaria de fecha 19 de setiembre de 2024, mediante la cual se dispone por unanimidad: AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, de las autoridades Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui y Dra. Marina Vilca Cáceres, en su condición de Rectora y Vicerrectora Académica de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, respectivamente, para asistir al 2do Encuentro Internacional de Rectores de las Américas a desarrollarse en el marco de la “XXVII Cumbre Mundial de Empresa y Educación en Santa Cruz - Bolivia”, programado del 01 al 03 de octubre de 2024, en consecuencia, se aprueba la asignación de viáticos, pasajes aéreos y gastos de transporte, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios (RO) del Presupuesto Institucional 2024. Asimismo, se encarga al Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación, las funciones del Rectorado y del Vicerrectorado Académico, por el periodo del 30 de setiembre al 04 de octubre de 2024, en la ausencia de las autoridades titulares, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001, se crea la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, asimismo, con la dación de la Ley N° 30184, de fecha 06 de mayo de 2014, se modi fi ca su denominación por la de Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”, la misma que el Tribunal Constitucional (TC), en su sesión del 15 de agosto de 2023, ha respaldado de manera de fi nitiva la Ley N° 31520, esta Ley restablece la autonomía y el funcionamiento de las universidades en el Perú Que, el artículo 58 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, publicada con fecha 09 de julio de 2014, y sus modi fi catorias, establece: “Artículo 58. Consejo Universitario El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad (...)”; Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU- UNTELS, de fecha 02 de mayo de 2023 y la Credencial emitida por el Comité Electoral Universitario de fecha 12 de mayo de 2023, se reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 051-2023-UNTELS-CU, de fecha 25 de julio de 2023, se aprobó la Directiva para la Autorización y Rendición de Viáticos por Comisión de Servicios del Personal Administrativo de esta casa superior de estudios, en cuyo numeral 6.3 norma sobre el procedimiento para solicitar autorización de viajes al exterior del país por comisión de servicios; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (…)”, asimismo, el artículo 4 señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano (…)”; Que, con fecha 01 de agosto de 2024, la Dra. Ana Cucurella Adorno, en su condición de Presidenta del Encuentro Internacional de Rectores - Presidenta Caribbean University Puerto Rico, hace extensiva la invitación a las autoridades de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur para participar en la “XXVII Cumbre Mundial de Empresa y Educación en Santa Cruz - Bolivia”, a desarrollarse del 01 al 03 de octubre de 2024, evento que agrupará a los lideres de las instituciones educativas de toda la región con el propósito de fomentar la colaboración, el intercambio y el fortalecimiento de la educación superior de las naciones asistentes, generando espacios en áreas claves para la investigación y la docencia lo que se traducirá en la suscripción de un acta constitutiva que re fl ejará el compromiso de los asistentes en los objetivos antes señalados; Que, mediante O fi cio N° 0729-2024-UNTELS- VRA, de fecha 28 de agosto de 2024, la Vicerrectora Académica solicita al Director General de Administración la disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de viáticos por comisión de servicios para asistir a la “XXVII Cumbre Mundial de Empresa y Educación en Santa Cruz - Bolivia”, a desarrollarse del 01 al 03 de octubre de 2024; Que, mediante O fi cio N° 429-2024-UNTELS-R, de fecha 09 de setiembre de 2024, la Rectora de la UNTELS, solicita al Director General de Administración gestionar la disponibilidad presupuestal correspondiente a viáticos para el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Santa Cruz - Bolivia, en el marco de la “XXVII Cumbre Mundial de Empresa y Educación en Santa Cruz - Bolivia”, programado del 01 al 03 de octubre de 2024; Que, mediante O fi cio N° 02230-2024-UNTELS-R- OPP, de fecha 19 de setiembre de 2024, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto remite al Director General de Administración, la disponibilidad presupuestal por el importe total de Once Mil Novecientos Treinta y Cuatro con 00/100 Soles (S/ 11,934.00), requeridos para fi nanciar los viáticos del viaje al exterior en comisión de servicios de la Rectora y Vicerrectora Académica para asistir a la “XXVII Cumbre Mundial de Empresa y Educación en Santa Cruz - Bolivia”, a realizarse del 01 al 03 de octubre de 2024, según la siguiente cadena funcional: