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14 NORMAS LEGALES Domingo 6 de abril de 2025 El Peruano / 0001-2025-MIDAGRI, el cual queda redactado conforme al tenor literal siguiente: “Artículo 8.- Delegación de facultades en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración (…) En materia administrativa (…) j) Solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la autorización previa y presentar el reporte posterior de publicidad estatal en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 0047-2024-JNE que aprueba el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, sus modi fi catorias y/o sustitutorias. (…)”. Artículo 2.- Noti fi cación Se dispone que la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental proceda a noti fi car la presente Resolución Ministerial al/la Secretario/a General, al/la Directora/a General de la O fi cina General de Administración, así como a todos los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- Publicación Se establece la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única para orientación al ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2388043-1 Autorizan viaje de servidores del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0111-2025- MIDAGRI Lima, 4 de abril de 2025VISTOS: La Carta N° 2464/2025 del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la República de Chile; el O fi cio Nº D000161-2025-MIDAGRI-SENASA- JN, de la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Memorando Nº 0799-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0193-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe N° 0464-2025-MIDAGRI- SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fi tosanitarias; Que, con la Carta N° 2464/2025 de fecha 18 de marzo de 2025, el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la República de Chile se dirige a la Jefa Nacional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) a fi n de proponer una reunión técnica bilateral entre ambas entidades, en adelante la Reunión, con motivo de revisar los temas de la adenda bilateral para avanzar y fortalecer el comercio entre ambos países, planteando como fechas tentativas el 10 y 11 o el 23 y 24 de abril del año en curso; Que, mediante la Carta N° D000026-2025-MIDAGRI- SENASA-JN del 19 de marzo de 2025, la Jefatura del SENASA con fi rma al Director Nacional del SAG los días 10 y 11 de abril de 2025 como fechas para llevar a cabo la Reunión; y, mediante la Carta N° D000029-2025-MIDAGR-SENASA-JN de fecha 21 de marzo de 2025, remite la relación de los servidores que formarán parte de la delegación que asistirá a la Reunión; Que, con la Carta N° D000031-2025-MIDAGRI- SENASA-JN del 25 de marzo de 2025, la Jefatura del SENASA comunica al Director Nacional del SAG que en la Reunión participarán la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa del SENASA; el señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; el señor José Manuel Galarza Bazán, Especialista en Análisis de Riesgo de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; y, la señora Enne María Carrillo Esquerre, Especialista en Importaciones de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; Que, mediante O fi cio Nº D000161-2025-MIDAGRI- SENASA-JN, la Jefatura del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de los referidos servidores del SENASA para participar en la Reunión. Para tal fi n, adjunta el Informe N° D000061-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV emitido por el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, en el que se exponen las razones técnicas que justi fi can la participación de los referidos servidores en la Reunión; Que, en el referido informe se señala que, entre los bene fi cios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, se tiene: el acceso de productos agrícolas a nuevos mercados otorga alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestras agroexportaciones, que en los últimos años ha tenido un crecimiento sostenido, cuyo valor exportado el 2024 superó los 12,7 mil millones de dólares, posicionándonos como uno de los principales países exportadores del mundo; la apertura del mercado de la República de Chile para las uvas de mesa frescas, palta variedad Maluma y comprometer al SAG del referido país agilizar el Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para el acceso de pitahaya, chirimoya y aguaymantos frescos, permitirá mejorar la demanda de estos productos e incentivará a productores peruanos y empresas a incrementar las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor empleo; fortalecimiento de las relaciones entre las autoridades fi tosanitarias de ambos países; oportunidad para que ambos países evalúen los avances en las gestiones de acceso de productos de mutuo interés; fi jar nuevos compromisos para lograr el acceso de nuevos productos o mejorar las condiciones de accesos de los productos vegetales que se exportan; el acceso a nuevos mercados genera mayor demanda de empleos y servicios por las empresas exportadoras (impacto socio-económico); y, el acceso de productos vegetales a nuevos mercados como la República de Chile, fortalece la imagen del SENASA y de nuestro país; Que, los gastos que irrogue el viaje de los referidos servidores del SENASA, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certi fi cación de crédito presupuestario contenida en la Notas Nº 0000001918, N° 0000002045, N° 0000002044, N° 0000002013 y N° 0000002012, que se adjuntan al expediente de viaje; Que, a través del Memorando Nº 0799-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0193-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje de los referidos servidores del SENASA, cumple