Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (06/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 6 de abril de 2025 El Peruano / con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial N.º 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva; Que, asimismo, la OCAI señala que dada la naturaleza de la Reunión, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA, en tanto su participación en la Reunión permitirá comprometer al SAG de la República de Chile al retiro de Phytophthora palmovira de la lista de plagas identi fi cadas como asociadas a los frutos de naranja, limones y mangos; a la validación del informe fi nal del estudio “Estatus de no hospedante de frutos comerciales de palta Var. Maluma respecto a Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus” e incorporación como variedad autorizada para su importación desde Perú; a iniciar el ARP para fruta fresca de Pitahaya; a la conclusión del ARP y plazo de entrega de requisitos fi tosanitarios para fruta fresca de Chirimoya y Aguaymanto; y, culminar con la de fi nición de requisitos fi tosanitarios para la exportación desde la República del Perú de Uva, fruta fresca; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 0464-2025-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los servidores Vilma Aurora Gutarra García, Orlando Antonio Dolores Salas, José Manuel Galarza Bazán y Enne María Carrillo Esquerre, con la fi nalidad de participar en la Reunión; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de asegurar la participación de los referidos servidores del SENASA, resulta necesario autorizar su viaje del 9 al 12 de abril de 2025, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a las reservas de vuelos que obran en el expediente; Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Vilma Aurora Gutarra García, Jefa Nacional; el señor José Manuel Galarza Bazán, Especialista en Análisis de Riesgo de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; la señora Enne María Carrillo Esquerre, Especialista en Importaciones de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y, el señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la ciudad de Santiago de Chile de la República de Chile, del 9 al 12 de abril de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos US $ 370 (2 días act. + 1 día instalación)Pasajes Aéreos US $ Monto Total US $ Vilma Aurora Gutarra García 1,110.00 700.70 1,810.70 Orlando Antonio Dolores Salas 1,110.00 700.70 1,810.70 José Manuel Galarza Bazán 1,110.00 700.70 1,810.70 Enne María Carrillo Esquerre 1,110.00 700.70 1,810.70 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante el Titular del Sector y la Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, respectivamente, los informes detallados dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuenta por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/ midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2388039-1