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21 NORMAS LEGALES Domingo 6 de abril de 2025 El Peruano / VISTOS: El Memorando N° 0969-2025-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Memorando N° 0852-2025-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la obra de infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la obra de infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, del mismo modo, los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley establece que incluso, durante el trámite de los procesos regulados en los Títulos IV y V, el Sujeto Activo se encuentra facultado a suscribir los acuerdos de Adquisición regulados en el presente artículo, siempre que antes o conjuntamente con la suscripción de dichos acuerdos efectúe la entrega anticipada de la posesión de los inmuebles; en este supuesto, no corresponde el otorgamiento del incentivo del 30% del valor comercial del inmueble; Que, con Resolución Ministerial N° 972-2023- MTC/01.02, se aprueba la ejecución de la expropiación de un (01) inmueble con código VIAL-AVP-T02-ST01-150112-P-00333, para la ejecución del proyecto: “Construcción del Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao” (en adelante, el proyecto), y el valor de la Tasación ascendente a S/ 513 355,94 (QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 94/100 SOLES); Que, en forma posterior a la emisión de la Resolución Ministerial N° 972-2023-MTC/01.02, el Sujeto Pasivo mani fi esta su aceptación a la oferta de Adquisición; por lo que, solicita retornar al procedimiento de trato directo conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley; para tal efecto, a través del “Acta de Entrega – Recepción del inmueble, ubicado en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima”, de fecha 28 de enero de 2025 realiza la entrega del inmueble a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorando N° 0969-2025-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remite el Memorando N° 0852-2025- MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, que encuentran conforme lo expresado en el Informe Técnico Legal N° 05-2025-RACC-EJSL, el cual sustenta que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 972-2023-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la expropiación y el valor de la tasación del área afectada del inmueble identi fi cado con código VIAL-AVP-T02-ST01-150112-P-00333;Que, mediante el numeral 9.4 del artículo 9 de la Resolución Ministerial N° 786-2024-MTC/01, se delega en el/la Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes la facultad de aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de obras de infraestructura mediante la modalidad de trato directo, previa opinión de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo dispuesto en la Ley; por lo que, corresponde a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes determinar y aprobar el monto del valor total de la Tasación, en atención a las facultades otorgadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Resolución Ministerial N° 786-2024- MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 972-2023-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la Expropiación y el valor de la Tasación de un (01) inmueble identi fi cado con código VIAL-AVP-T02- ST01-150112-P-00333, para la ejecución del proyecto: “Construcción del Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, evalúe y apruebe el valor total de la Tasación y el pago por el inmueble para la ejecución del proyecto: “Construcción del Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao” correspondiente al código VIAL-AVP-T02-ST01-150112-P-00333, en atención a las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial N° 786-2024-MTC/01. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2388015-1 Otorgan a la empresa RED DE TELECOMUNICACIONES OASIS NETWORK S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2025-MTC/01.03 Lima, 3 de abril de 2025 VISTO, el escrito de registro N° T-083572- 2025, mediante el cual la empresa RED DE TELECOMUNICACIONES OASIS NETWORK S.A.C., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por