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13 NORMAS LEGALES Viernes 11 de abril de 2025 El Peruano / VISTOS; el Informe Nº 00308-2025-MINAM/ VMGA/DGPIGA/DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; el Memorando Nº 00344-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00596-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00272-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identi fi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos signi fi cativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión; Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene la función especí fi ca de dirigir el SEIA; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, en adelante el Reglamento, señala que el Ministerio del Ambiente (MINAM), en su calidad de autoridad ambiental nacional, es el organismo rector del SEIA; asimismo, constituye la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y, como tal, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con el SEIA, coordina su aplicación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la Ley, el Reglamento y las disposiciones complementarias y conexas; Que, el artículo 14 del Reglamento señala que la evaluación del impacto ambiental es un proceso participativo, técnico-administrativo, destinado a prevenir, minimizar, corregir y/o mitigar e informar acerca de los potenciales impactos ambientales negativos que pudieran derivarse de las políticas, planes, programas y proyectos de inversión, y, asimismo, intensi fi car sus impactos positivos; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento, toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión susceptible de generar impactos ambientales negativos de carácter signi fi cativo, que estén relacionados con los criterios de protección ambiental legalmente previstos, debe gestionar una Certi fi cación Ambiental ante la Autoridad Competente que corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente y lo dispuesto en el Reglamento; Que, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento, los proyectos que comprende el SEIA se encuentran señalados en el Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA previsto en el Anexo ll del Reglamento; el MINAM revisa y actualiza periódicamente este Listado en coordinación con las entidades que conforman el SEIA; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM se aprueba la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, la misma que fue modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 298-2013-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 300-2013-MlNAM, la Resolución Ministerial Nº 186-2015-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 383-2016-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 159-2017-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 276-2017-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 190-2019-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 202-2019-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 023-2020-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 129-2020-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 076-2021-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 104-2021-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 135-2021-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 186-2021-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 193-2023-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 260-2023-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 009-2024-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 00325-2024-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 00335-2024-MINAM y la Resolución Ministerial Nº 00347-2024-MINAM; Que, mediante el O fi cio Nº 2841-2024-MTC/16 y el Ofi cio Nº 3934-2024-MTC/16, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones presenta al Ministerio del Ambiente, una propuesta de modi fi cación de la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM, con relación a los proyectos de inversión del sector transportes; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00432-2024-MINAM, el Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que modi fi ca la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM, respecto a los proyectos de inversión del sector transporte”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM y el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; en virtud de la cual se recibieron comentarios, aportes y opiniones al mismo; Que, de acuerdo con el artículo 87 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental es el órgano responsable de conducir el SEIA; Que, en atención al O fi cio Nº 0016-2025-MTC/02 del Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el Informe Nº 00308-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA y el Memorando Nº 00344-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental propone la Resolución Ministerial que modi fi ca la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM y sus modi fi catorias, en lo que respecta a los proyectos de inversión del sector transportes, tomando en consideración los comentarios, aportes u opiniones recibidas durante la prepublicación; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental -SEIA, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM y normas modi fi catorias, respecto a los proyectos de inversión del sector transportes, de acuerdo al siguiente detalle: