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15 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de abril de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de viaje Autorizar el viaje de la servidora MARIBEL AURORA APAZA IQUIRA, Coordinadora de Enlace – Región Tacna de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a la ciudad de Arica, República de Chile, del 23 al 25 de abril de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Pasajes y viáticos Los gastos por concepto de pasajes y viáticos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme al siguiente detalle: Nombres y apellidosViáticos por día (US$ 370.00 por día)Nº de díasTotal de viáticos (US$)Viáticos (S/)Pasajes (S/) Total viáticos y pasajes (S/) MARIBEL AURORA APAZA IQUIRA370.00 3 1,110.00 4,123.65 60.00 4,183.65 Artículo 3.- Informe de acciones realizadas y resultados obtenidos Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la servidora autorizada por la presente Resolución Ministerial presentará a la Titular del Pliego un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- Derecho a exoneración, liberación de impuestos o derechos aduaneros La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2392910-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0663-2025-IN Lima, 22 de abril de 2025VISTOS, el O fi cio Nº 662-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001100-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta s/n, de fecha 29 de enero de 2025, el General Director de Carabineros de Chile cursa invitación al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, con la fi nalidad de que, acompañado de su edecán, participe en la Ceremonia O fi cial conmemorativa del 98º aniversario de los Carabineros de Chile, a realizarse el 28 de abril de 2025, en la ciudad de Santiago de la República de Chile; Que, con Informe Nº 14-2025-COMGEN PNP/ SEC.SECPRI, la Comandancia General sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, en la comisión descrita precedentemente; Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2025-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, del 27 al 29 de abril de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, precisando que la participación del alto mando resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá fortalecer los vínculos de cooperación con una de las principales instituciones policiales de la región en materia de seguridad y orden público; asimismo, contribuirá al posicionamiento de la institución en el ámbito internacional y facilitará al desarrollo de futuras iniciativas conjuntas en bene fi cio de la seguridad regional, a través del intercambio de experiencias en gestión institucional, la adopción de buenas prácticas y el fortalecimiento de los mecanismos de cooperación en la lucha con el crimen organizado transnacional; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de hospedaje, alimentación y transporte local son asumidos por los Carabineros de Chile, conforme se indica en la Carta s/n de fecha 29 de enero de 2025 y en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2025-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI; mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo señalado en el O fi cio Nº 2305-2025-DIRADM-PNP/DIVECO.DEPPRE y en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001465; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto