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28 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de abril de 2025 El Peruano / e) Los potenciales bene fi ciarios que presenten las solicitudes de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias fuera del plazo establecido en el literal a) del presente párrafo, pierden el derecho al otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. 3.2 La fecha a partir de la cual los potenciales bene fi ciarios pueden efectuar el primer cobro del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en el Banco de la Nación, se publica en las sedes digitales del Fondo MIVIVIENDA S.A. (www.mivivienda.com.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda); asimismo, el Fondo MIVIVIENDA S.A. comunica dicha fecha a las Municipalidades de los distritos detallados en la “Tabla: Resumen de Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) a Convocar” consignada en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y al Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Sedes Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, La Libertad o Piura, según corresponda. Artículo 4.- Veri fi cación de cumplimiento y seguimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable de veri fi car el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial y realizar el seguimiento respectivo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2022-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2392629-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan Coordinador de Gestión Cultural, Investigaciones y Ediciones de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000066-2025-BNP Lima, 22 de abril de 2025VISTOS:El Memorando Nº 000571-2025-BNP-GG-OA de fecha 21 de abril de 2025, de la O fi cina de Administración; el Informe Legal Nº 000157-2025-BNP-GG-OAJ de fecha 21 de abril de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, encontrándose vacante el cargo de con fi anza de Coordinador/a de Gestión Cultural, Investigaciones y Ediciones de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo;Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, la Unidad Funcional de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2024-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al señor ALAIN VALLENAS CHACÓN en el cargo de con fi anza de Coordinador de Gestión Cultural, Investigaciones y Ediciones de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, previsto en el CAP Provisional con número de Orden 316, a partir del 23 de abril de 2025. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PEÑA CARDOZA Jefa Institucional 2392637-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera por concepto de gastos de operación y mantenimiento en el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco del evento denominado “XVI EDICIÓN SALÓN DEL CACAO & CHOCOLATE INTERNACIONAL 2025” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000061-2025-DV-PE Mira fl ores, 21 de abril del 2025 VISTOS:El Proveído Nº 002360-2025-DV-DPM de la Dirección de Promoción y Monitoreo, el Informe Nº 000015-2025-DV-DPM-SDP de la Sub Dirección de Promoción de la Dirección de Promoción y Monitoreo; el Proveído Nº 001223-2025-DV-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000059-2025-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;