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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 119

119 Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / PROYECTO Que, la tercera disposición complementaria fi nal de la “Norma que regula el procedimiento de rebalanceo tarifario aplicable a las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento”, aprobada la Resolución de Consejo Directivo N.º 017-2025-SUNASS-CD 6 (en adelante, Norma de rebalanceo tarifario), establece que la Dirección de Regulación Tarifaria aplica los criterios y lineamientos de rebalanceo tarifario contenidos en el párrafo 8.2 del artículo 8 de la mencionada norma, en la elaboración de la propuesta de modi fi cación de la fórmula, nivel o estructura tarifaria en los procedimientos de revisión excepcional iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la referida norma, con lo cual se da cumplimiento al rebalanceo tarifario de las empresas prestadoras, conforme a lo dispuesto por la quinta disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N.º 1620. Que, el procedimiento de revisión excepcional correspondiente a SEDA HUÁNUCO se inició mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria N.º 0001-2025-SUNASS-DRT 7, de manera previa a la entrada en vigor de la Norma de rebalanceo tarifario, por lo que corresponde que se aplique en el presente procedimiento los criterios y lineamientos del rebalanceo tarifario. Que, de acuerdo con el informe de visto, como resultado de la aplicación de los criterios y lineamientos antes referidos, se ha presentado una propuesta fi nal de fórmula tarifaria y de modi fi cación de la meta de gestión ”Relación de trabajo de la EP” de SEDA HUÁNUCO. Que, la propuesta de fórmula tarifaria reconoce los costos incrementales de operación y mantenimiento de la nueva inversión denominada “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y alcantarillado de Pillco Marca, provincia de Huánuco - Huánuco”. Que, sobre la base del Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT, corresponde emitir la resolución tarifaria con la que se da por concluido el presente procedimiento de revisión excepcional. Según lo dispuesto por el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Ley N.º 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el artículo 25 del Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.º 017- 2001-PCM, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del (…) de 2025; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria que se aplica a EPS SEDA HUÁNUCO S.A. durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2028, de acuerdo con lo especi fi cado en el Anexo Único y de conformidad con el Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La fórmula tarifaria aprobada en el artículo 1º contempla los costos incrementales que demanda la operación y mantenimiento de la nueva inversión denominada “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y alcantarillado de Pillco Marca, provincia de Huánuco - Huánuco”. Artículo 3º.- Modi fi car la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” contenida en el Anexo N.º 1 de la Resolución de Consejo Directivo N.º 016-2023-SUNASS- CD, que se aplicará a EPS SEDA HUÁNUCO S.A. en el tercer, cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2023-2028, como sigue: Metas de Gestión BaseUnidad de MedidaAño 3 Año 4 Año 5 Relación de Trabajo de la EP % 70 70 70 Para efecto del cumplimiento de la meta de gestión antes señalada se deberá observar lo contemplado en el Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT. Artículo 4º.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución se aplicará a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5º.- El incremento tarifario previsto en la fórmula tarifaria aprobada en el artículo 1º para los servicios de agua potable y saneamiento se aplicará a la estructura tarifaria vigente de SEDA HUANUCO S.A. conforme se establece en el Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT. Artículo 6º.- La presente resolución, su anexo único y exposición de motivos deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano , en el portal institucional de la Sunass (www. gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. El Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT se difundirá en el portal institucional de la Sunass; debiéndose noti fi car los documentos mencionados a EPS SEDA HUÁNUCO S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima. 2 Literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Ley N.º 27332. 3 Artículo 2 del Reglamento de la Ley N.º 27332. 4 Publicada el 22 de febrero de 2025 en el diario oficial El Peruano . 5 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 028-2021-SUNASS-CD. 6 Publicada el 22 de marzo de 2025 en el diario oficial El Peruano . 7 Publicada el 22 de febrero de 2025 en el diario oficial El Peruano . ANEXO ÚNICO FÓRMULA TARIFARIA DE EPS SEDA HUÁNUCO S.A. PARA EL TIEMPO RESTANTE DEL PERIODO REGULATORIO 2023-2028 A. FÓRMULA TARIFARIA Por el servicio de agua potable Por el servicio de saneamiento T3 = T3.inicial (1 + 0,088) (1 + Φ) T3 = T3.inicial (1 + 0,088) (1 + Φ) Donde T3.inicial1 : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente a la fecha de publicación de la resolución tarifaria. T 3 : Tarifa media que corresponde al tiempo restante del año 3. Φ : Tasa de crecimiento de la in fl ación durante el año regulatorio. Los incrementos tarifarios del tiempo restante del tercer año regulatorio de 8,8% en los servicios de agua potable y saneamiento corresponden a la aplicación de los criterios y lineamientos del rebalanceo tarifario, así como, a la evaluación de la solicitud de revisión excepcional por incorporación del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y alcantarillado de Pillco Marca, Provincia de Huánuco – Huánuco” de EPS SEDA HUÁNUCO S.A. Los incrementos tarifarios reconocen los costos incrementales de la operación y mantenimiento del antes referido proyecto. Las estructuras tarifarias contempladas en el numeral IV.2.2 del Informe de Especialista N.º (…)-2025-SUNASS-DRT consideran los incrementos tarifarios de 8,8% para los meses restantes del tercer año regulatorio. Dichas estructuras, deberán aplicarse a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la resolución tarifaria. En el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2023-2028 se mantendrán los reordenamientos de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el Subcapítulo XV.3.3: “Consideraciones sobre la estructura tarifaria” del Estudio Tarifario de EPS SEDA HUÁNUCO S.A. para el periodo regulatorio 2023-2028. El mencionado informe, puede ser ubicado en el siguiente enlace: