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16 NORMAS LEGALES Sábado 26 de abril de 2025 El Peruano / Artículo 6.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble.Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HE RNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI JefeAutoridad Nacional de Infraestructura ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2525796-HUAY-PQ4EU-27 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA: 363.67 m²AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE Por el Norte: - Por el Este: Colinda mediante una línea quebrada de 3 tramos comprendida entre el vértice "E" al vértice "H”, con la Quebrada Huaycoloro, con una longitud total de 23.96 m. Por el Sur: Colinda mediante una línea quebrada de 9 tramos comprendida entre el vértice "H" al vértice "A”, con el área remanente del predio matriz inscrito en la partida electrónica N° 07057774, con una longitud total de 38.71 m. Por el Oeste: Colinda mediante una línea quebrada de 4 tramos comprendida entre el vértice "A" al vértice "E", con la Quebrada Huaycoloro, con una longitud total de 28.40 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ DEL ÁREA AFECTADA - ZONA 18 S Vértice LadoDistancia (m)Coordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) A A-B 0.21 290073.4931 8671797.8588 B B-C 12.70 290073.6774 8671797.9646 C C-D 10.84 290085.3972 8671802.8564 D D-E 4.65 290094.7435 8671808.3412 E E-F 7.45 290099.1940 8671809.6753 F F-G 9.81 290105.5732 8671805.8212 G G-H 6.70 290110.0238 8671797.0753 H H-I 2.51 290111.4926 8671790.5360 I I-J 5.00 290109.0283 8671791.0045 J J-K 5.00 290104.1118 8671791.9145 K K-L 5.01 290099.1943 8671792.8190 L L-M 5.00 290094.3198 8671793.9553 M M-N 5.00 290089.3939 8671794.8147 N N-O 5.00 290084.4875 8671795.7794 O O-P 5.00 290079.5789 8671796.7318 P P-A 1.19 290074.6644 8671797.6525 PARTIDA ELECTRONICA N° 07057774 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima. CERTIFICADOS DE BÚSQUEDA CATASTRAL - Publicidades N° 2022-3943695 y N° 2023-4064866 expedidos con fecha 04/07/2022 y 05/07/2023, respectivamente; con Informes Técnicos N° 18535-2023- ZRN°IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT y N° 016526-2022 - Z.R. N° IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT. INFORME TÉCNICO Nº 110-2023/JRBA de fecha 09 de octubre de 2023 y Nº 005-2025/JRBA de fecha 21 de enero de 2025, suscritos por Verificador Catastral, Geog. Johnny Richard Bustamante Alberco, código N° 018032VCPZRIX. 2394301-1 Modifican la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 018-2024-PCM-SD, mediante la cual se conformó la “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Huanta” del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 02-2025-PCM/SD Lima, 24 de abril de 2025VISTOS:El Memorando N° D000240-2025-PCM-SSFD, el Memorando D000341-2025-PCM-SGSD y el Informe N° D000076-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 018-2024-PCM/SD, se conformó la “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Huanta” del departamento de Ayacucho (en adelante, Mesa Técnica) con el objeto de coordinar, analizar y establecer una propuesta de agenda de intervenciones que aporten a la implementación del Plan de Desarrollo Local Concertado del a provincia de Huanta al 2034, y contribuir a la solución de la problemática socioambiental de dicha provincia del departamento de Ayacucho; así como, evaluar e identi fi car las acciones y actividades orientadas a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población, generando capacidad de respuesta de los tres niveles de gobierno en el corto y mediano plazo; Que, el artículo 11 de la citada Resolución de Secretaría de Descentralización dispone que la Mesa Técnica tiene un período de vigencia de 180 días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, la cual se efectuó el 29 de octubre de 2024, por lo que su vigencia es hasta el 28 de abril de 2025; Que, en dicho contexto, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, en su condición de Secretaría Técnica de dicha Mesa Técnica sustenta y justi fi ca la necesidad de ampliar la vigencia de la Mesa Técnica, toda vez que, si bien se ha venido desarrollando las funciones encomendadas, aún es necesario continuar con las mismas, a fi n de cumplir con el objeto propuesto; Que, en ese sentido la referida Subsecretaría propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Descentralización N°