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26 NORMAS LEGALES Sábado 26 de abril de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 768,190.69 (Setecientos sesenta y ocho mil ciento noventa con 69/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en 5 Departamentos”, con Código Único de Inversión 2455355, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera aprobada en el Artículo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en la Categoría Presupuestal 0130 “Competitividad y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre”, Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en 5 Departamentos”, Acción de Inversión: 6000053: Control Concurrente, Categoría de Gasto: 6 “Gasto de Capital”, Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Especí fi ca del Gasto: 2.4.2.3.1.1. “A Otras Unidades del Gobierno Nacional” en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 768,190.69 (Setecientos sesenta y ocho mil ciento noventa con 69/100 soles). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el Artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, para que efectúe las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 2393898-1 Delegan facultades en diversos funcionarios del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para el año fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000088-2025- MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 25 de abril del 2025VISTOS: El Informe Nº D000113-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG- OGA emitido por la O fi cina General de Administración; el Memorando Nº D000123-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG emitido por la Gerencia General; el Informe Legal N° D000175-2025-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, documento que de fi ne y delimita las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el SERFOR, así como de fi ne su estructura orgánica; Que, el artículo 9 del ROF del SERFOR señala que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que es el titular del pliego y la máxima autoridad ejecutiva institucional y puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 y el artículo 79 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establecen que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad y que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, respectivamente; Que, el numeral 85.1 del artículo 85 del citado TUO establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha ley; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Pública, establece que la referida ley, entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento. En ese sentido, se precisa que con fecha 22 de enero de 2025, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, por lo que las referidas normas entran en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 32069, dispone que a partir de la vigencia de la referida ley se deroga la Ley Nº 30225, Ley Contrataciones del Estado; Que, el literal a) del numeral 25.1. del artículo 25 la Ley Nº 32069, establece que titular de la entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización; Que, adicionalmente, el numeral 25.2. del artículo 25 de la Ley Nº 32069, dispone que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, las facultades que la presente les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento de la referida ley; Que, el literal g) del artículo 9 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que es obligatorio publicar en el diario o fi cial las resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria cuando su naturaleza jurídica determina su conocimiento y difusión general; Que, mediante Memorando N° D000123-2025- MIDAGRI-SERFOR-GG e Informe N° D000113-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA, la Gerencia General y la Ofi cina General de Administración propone que se les deleguen facultades, así como en el/la Director/a de la Ofi cina de Abastecimiento, en mérito de la entrada en vigencia de la Ley 32069, precisando que las delegaciones de facultades propuestas tienen como objetivo principal optimizar la e fi ciencia operativa y administrativa de la Entidad, permitiendo una gestión ágil y oportuna de los procedimientos vinculados a la contratación pública y la ejecución de inversiones, así mismo dichas facultades