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33 NORMAS LEGALES Sábado 26 de abril de 2025 El Peruano / y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de GR BAYOVAR S.A.C. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Emma - T1A (de la LT 138 kV S.E. La Niña - S.E. Bayovar)”, ubicado en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en la Minuta que contiene el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (m)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Emma - T1A (de la LT 138 kV S.E. La Niña - S.E. Bayovar)138 02 52,7 20 Artículo 3.- Aprobar la Minuta que contiene el Contrato de Concesión N° 629-2025 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y GR BAYOVAR S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene el Contrato de Concesión N° 629-2025, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 629-2025, aprobado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de GR BAYOVAR S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2393081-1 PRODUCE Incorporan diversas disposiciones en la R.M. Nº 000001-2025-PRODUCE que delegó facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de la Producción, sus programas y organismos públicos adscritos durante el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000160-2025- PRODUCE Lima,24 de abril de 2025VISTOS: El Memorando Nº 00000121-2025- PRODUCE/SG de la Secretaría General, el Memorando Nº 00000222-2025-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración y el Informe Nº 00000418-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 67 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que procede la delegación de competencia de un órgano a otro interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, indica que el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; y, puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que el/la Ministro/a de la Producción ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las leyes, pudiendo desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000001-2025-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nos 00091-2025-PRODUCE y 00128-2025-PRODUCE, se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de la Producción, sus programas y organismos públicos adscritos durante el Año Fiscal 2025; Que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece el nuevo marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como para regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32069 dispone que su entrada en vigencia es a los noventa (90) días calendario contados desde el día siguiente de la aprobación de su Reglamento, el que fue aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF y publicado en el diario o fi cial El Peruano el 22 de enero de 2025; por lo que, la referida norma entra en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, de otro lado, el numeral 24.2 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 denominada “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, dispone que el Cuadro Multianual de Necesidades es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, mediante los Memorandos Nos 00000121-2025-PRODUCE/SG y 00000222-2025- PRODUCE/OGA, la Secretaría General y la O fi cina General de Administración, respectivamente, proponen delegar determinadas funciones, considerando la entrada en vigencia de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento; Que, atendiendo a los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, resulta pertinente modi fi car los artículos 2, 4 y 10 de la Resolución Ministerial Nº 000001-2025-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nos 00091-2025-PRODUCE y 00128-2025-PRODUCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del