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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (26/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 26 de abril de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN Secretario de Gestión Social y Diálogo Presidencia del Consejo de Ministros 2394165-1 AMBIENTE Designan miembro y presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2025- MINAM Lima, 25 de abril de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2025-MINAM, se repone al señor Jaime Puicón Carrillo en el cargo de miembro y presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, en cumplimiento del Auto de Ejecución Anticipada de Sentencia emitida por el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima; Que, a partir del 05 de marzo de 2023, el cargo de Miembro y Presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), está sujeto al cumplimiento de los requisitos e impedimentos previstos en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción (en adelante, Ley de idoneidad), en aplicación de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1544, Decreto Legislativo que dispone la aplicación de la Ley Nº 31419 a los funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que, teniendo causales de remoción, son de libre designación; Que, en el marco del artículo 9 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, la inobservancia de las normas de acceso al empleo público vulnera el interés general e impide la existencia de una relación válida, siendo nulo de pleno derecho el acto administrativo que las contravenga, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales de quien lo promueva, ordena o permita; Que, respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Idoneidad, regulada en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1544, que para permanecer en el cargo debían cumplir con los requisitos establecidos, en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de su vigencia; siendo que concluido el plazo quedaban impedidos de seguir ejerciendo el cargo; Que, en este sentido, todo aquel que ocupe el cargo de presidente y miembro de los Consejos Directivos de los Organismos Técnicos Especializados, debe cumplir con los requisitos mínimos e impedimentos establecidos en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley de idoneidad; y, en caso de incumplimiento de los requisitos mínimos para ejercer el cargo, deberá ser reemplazado por alguien que si cumpla con dichos requisitos; Que, en atención a lo anteriormente desarrollado, y de la evaluación de los requisitos previstos en la Ley de idoneidad, la cual se circunscribió a la documentación contenida en el legajo del señor Jaime Puicón Carrillo, se tiene como resultado que de dicha evaluación efectuada por la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente, no se acredita el cumplimiento de los requisitos para desempeñar el cargo de miembro y presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, por lo que se debe dar por concluida su reposición; Que, el incumplimiento de los requisitos establecidos por Ley de idoneidad, constituye un impedimento legal sobreviniente a su reposición, conforme al literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; por lo que además de dar por concluida la reposición del señor Jaime Puicón Carrillo, corresponde designar a un presidente del Consejo Directivo del OEFA, que cumpla con dichos requisitos, conforme a la evaluación efectuada por la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la reposición del señor Jaime Puicón Carrillo en el cargo de miembro y presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Designar al señor Juan Edgardo Narciso Chávez, en el cargo de miembro y presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2394315-4 CUL TURA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000097-2025-MC San Borja, 16 de abril del 2025 VISTOS: el Memorando Nº 002928-2024-OGA- SG/MC de la O fi cina General de Administración; el Proveído Nº 000846-2025-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación Nº 000225-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000439-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,