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48 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / aplicará a EPS MOYOBAMBA S.A. en el quinto año del periodo regulatorio 2021-2026, como sigue: Metas de Gestión BaseUnidad de MedidaAño 5 Relación de Trabajo de la EP % 61 Para efecto del cumplimiento de la meta de gestión antes señalada se deberá observar lo contemplado en el estudio tarifario vigente. Artículo 3.- El nivel y estructura tarifaria modi fi cadas mediante el artículo 1 de la presente resolución, son aplicables a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano . Artículo 4.- La presente resolución, su anexo único y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano , en la sede digi tal de la Sunass (www. gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. El Informe de Especialista N° 00132-2025-SUNASS-DRT será difundido en la sede digital de la Sunass (www.gob. pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Artículo 5.- Notifi car a EPS MOYOBAMBA S.A. la presente resolución, su anexo único y exposición de motivos, así como el Informe de Especialista N° 00132-2025-SUNASS-DRT. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad Anónima. 2 Publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2023. 3 Aprobada por el Decreto Legislativo N° 1280 y publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. 4 Publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2024. 5 Publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de marzo de 2025. 6 Publicada en el diario oficial El Peruano el 6 de octubre de 2021. 7 Publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de marzo de 2025. ANEXO ÚNICO ESTRUCTURA TARIFARIA APLICABLE A EPS MOYOBAMBA S.A.1 DURANTE EL TIE MP O RESTANTE DEL PERIODO REGULATORIO 2021- 2026 PARA LOS SER VICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. EPS MOYOBAMBA S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 2,3 2 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras3. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el tiempo restante del cuarto año regulatorio, y asignación máxima de consumo Moyobamba (4to. año) Categoría Rango (m3)Tarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 2,22 0,61 Doméstico0 a 8 2,22 0,61 8 a 18 2,57 0,70 18 a más 5,25 1,43Categoría Rango (m3)Tarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Comercial y Otros0 a 30 3,20 0,88 30 a más 5,62 1,54 Industrial 0 a más 5,62 1,54 Estatal 0 a más 3,20 0,88 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 18 18 27 75 75 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento4. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), así como aquellos usuarios cuya manzana de residencia se encuentra dentro de la clasi fi cación de las manzanas con ingresos bajos o medios bajos, según los “Planos Estrati fi cados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2020” del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), serán bene fi ciarios con un factor de ajuste sobre la tarifa de agua potable, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m3 Categoría Año Regulatorio Rango (m3)Factor de ajuste Doméstico4to y 5to años regulatorios0 a 8 0,901 La forma de determinar el importe a facturar en EPS MOYOBAMBA S.A. se establece en el numeral de 4.3.3 del Informe de Especialista N° 00132-2025-SUNASS-DRT, el cual sustenta la presente resolución. Los criterios para la implementación de los subsidios cruzados focalizados se prevén en el subcapítulo XII.6 “Consideraciones para la implementación de los subsidios focalizados” del estudio tarifario vigente. Asimismo, la tarifa de saneamiento está compuesta por alcantarillado sanitario (con un porcentaje de 100%) y tratamiento de aguas residuales (con un porcentaje de 0%), conforme a lo indicado en el subcapítulo 4.3.2. “Sobre las estructuras tarifarias de EPS MOYOBAMBA S.A.” del Informe de Especialista N° 00132-2025-SUNASS-DRT, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad Anónima. 2 No incluye el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. 3 Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y modificatorias. 4 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD y modificatorias.