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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (21/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan viaje de Presidente Ejecutivo y especialista del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 206-2025- VIVIENDA Lima, 19 de agosto de 2025VISTOS, El documento s/n de fecha 14 de junio de 2025 del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT/Cinterfor); los O fi cios N° 000070-2025-02.00/SENCICO y N° 000073-2025-02.00/ SENCICO del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el Memorándum N° 1423-2025-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 035-2025-VIVIENDA-OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe N° 656-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento s/n de fecha 14 de junio de 2025, el OIT/Cinterfor, invita al señor Luis Martin Guerrero Silva Solis, Presidente Ejecutivo del SENCICO a participar en la 47a Reunión de la Comisión Técnica de OIT/Cinferfor, en adelante el Evento, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 al 29 de agosto de 2025; en donde se abordan temas como los sistemas de inteligencia del mercado de trabajo, la innovación frente a las transiciones, el aprendizaje a lo largo de la vida, la inclusión social y la transformación productiva; precisando que dicha edición cuenta con el auspicio del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Chile, junto con sus servicios dependientes, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la Comisión del Sistema Nacional de Certi fi cación de Competencias Laborales (ChileValora), permitiendo la participación de un representante adicional del SENCICO; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el SENCICO es una entidad adscrita a dicho Ministerio; cuyo funcionamiento está regulado por su Ley de Organización y Funciones, aprobada por el Decreto Legislativo N° 147; por su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001- MTC; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución del Presidente del Consejo Directivo Nacional N° 017-2001-02.00; Que, con los O fi cios N° 000070-2025-02.00/SENCICO y N° 000073-2025-02.00/SENCICO, el SENCICO pone en conocimiento del MVCS, la transcripción del Acuerdo Unánime N° 1361-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Ordinaria N° 1361 de fecha 24 de junio de 2025, en el cual se autoriza la participación, en comisión de servicio, del señor Luis Martin Guerrero Silva Solís, Presidente Ejecutivo del SENCICO y del señor Roberto Enrique Horna Calderón, especialista en plani fi cación de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del SENCICO, para participar en el Evento; Que, asimismo, mediante la documentación remitida, el SENCICO sustenta la participación del señor Luis Martin Guerrero Silva Solís, Presidente Ejecutivo del SENCICO y del señor Roberto Enrique Horna Calderón, especialista en plani fi cación de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del SENCICO en el Evento, señalando que su participación resulta de interés institucional, toda vez que podrán intercambiar experiencias sobre los principales retos que enfrenta la formación profesional y la certi fi cación de competencias; además, abordan temas como los sistemas de inteligencia del mercado de trabajo, la innovación frente a las transiciones, la inclusión social y la transformación productiva y se presentarán avances de iniciativas colaborativas en ámbitos geográ fi cos y sectoriales, como la economía del cuidado, la certi fi cación de aprendizajes previos, la transformación digital de la formación profesional, la identi fi cación de brechas de competencias, entre otros; lo que permitirá fortalecer los consensos necesarios para el desarrollo de políticas efectivas en formación profesional y certi fi cación de competencias; Que, asimismo, el SENCICO precisa que, OIT/Cinterfor asumirá los gastos por el concepto de alojamiento, alimentación y traslados desde y hacia el aeropuerto, por lo que, el concepto de pasajes aéreos y viáticos parciales serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del SENCICO; lo cual cuenta con la disponibilidad presupuestal de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del SENCICO; Que, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, mediante los documentos de vistos, opina favorablemente respecto a la participación en el evento del señor Luis Martín Guerrero Silva Solís, Presidente Ejecutivo del SENCICO y del señor Roberto Enrique Horna Calderón, especialista en plani fi cación de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto del SENCICO; a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 26 al 31 de agosto de 2025, conforme al itinerario de viaje propuesto por el SENCICO; Que, del mismo modo, con el Informe de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del MVCS emite opinión favorable para continuar con el trámite correspondiente para la emisión de la Resolución Ministerial propuesta; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en consecuencia, habiéndose sustentado el interés institucional y de conformidad con el itinerario propuesto, resulta necesario autorizar el viaje al exterior del señor Luis Martín Guerrero Silva Solís, Presidente Ejecutivo del SENCICO y del señor Roberto Enrique Horna Calderón, especialista en plani fi cación de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del SENCICO, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156,