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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (21/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / CD, que se aplicará a EPS MARAÑÓN S.A. en el tercer, cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2023-2028, como sigue: Meta De GestiónUnidad De MedidaAño 3 Año 4 Año 5 Relación de trabajo de la EP %6 66 66 6 Para efecto del cumplimiento de la meta de gestión antes señalada se deberá observar lo contemplado en el estudio tarifario vigente. Artículo 3.- El nivel y estructura tarifaria modi fi cadas mediante el artículo 1 de la presente resolución, son aplicables a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano . Artículo 4.- La presente resolución, su anexo único y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano , en la sede digital de la Sunass (www. gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. El Informe de Especialista N° 00135-2025-SUNASS-DRT será difundido en la sede digital de la Sunass (www.gob. pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Artículo 5.- Notifi car a EPS MARAÑÓN S.A. la presente resolución, su anexo único y exposición de motivos, así como el Informe de Especialista N° 00135-2025-SUNASS-DRT. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Marañón Sociedad Anónima. 2 Publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2023. 3 Aprobada por el Decreto Legislativo N° 1280 y publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. 4 Publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2024. 5 Publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de marzo de 2025. 6 Publicada en el diario oficial El Peruano el 5 de noviembre de 2023. 7 Publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de marzo de 2025. ANEXO ÚNICO ESTRUCTURA TARIFARIA APL ICABLE A EPS MARAÑÓN S.A.1 DURANTE EL TIEMPO RESTANTE DEL PERIODO REGULATORIO 2023- 2028 PARA LOS SER VICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructura tarifaria Para la estructura tarifaria, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. EPS MARAÑÓN S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 2,1 2 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras3. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el segundo año regulatorio, y asignación máxima de consumo Jaén (2do año) Categorí a RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 1,58 0,34 Categorí a RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Doméstico 0 a 10 1,58 0,34 10 a 18 2,05 0,47 18 a más 2,30 0,52 Comercial y Otros0 a 30 2,30 0,52 30 a más 3,05 0,70 Industrial 0 a más 3,05 0,70 Estatal 0 a más 2,73 0,62 Bellavista (2do año) Categorí a RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 0,40 0,16 Doméstico 0 a 10 0,40 0,16 10 a 18 0,44 0,19 18 a más 0,93 0,24 Comercial y Otros 0 a más 0,93 0,24 Industrial 0 a más 0,98 0,42 Estatal 0 a más 0,93 0,24 San Ignacio (2do año) Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 0,16 0,07 Doméstico 0 a 10 0,16 0,07 10 a 18 0,24 0,09 18 a más 0,40 0,11 Comercial y Otros 0 a más 0,40 0,11 Industrial 0 a más 0,53 0,15 Estatal 0 a más 0,40 0,11 Asignación Máxima de Consumo Localidad de Jaén Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosIndustrial Estatal 10 20 27 100 120 Asignación Máxima de Consumo Localidad de Bellavista Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosIndustrial Estatal 23 20 27 100 120 Asignación Máxima de Consumo Localidad de San Ignacio Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosIndustrial Estatal 15 18 (*) 27 60 65 (*) A partir del inicio del tercer año regulatorio la asignación de consumo tendrá el valor de 20 m3 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador