TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEX TO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 23 AL 30 DE AGOSTO DE 2025 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 0345-2025-MTC/12.04 Y N° 0363-2025-MTC/12 Y EL MEMOR ANDO N° 0959-2025-MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN N° INICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN N° s 1678-2025- MTC/12.0423-Ago 30-AgoUS$ 3,520.00SKY BUS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - SKY BUS S.A.C.FREDDY RALF GUZMÁN MILLAMIAMI, FORT MYERS Y CINCINNATIESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAChequeos de verificación de competencia para pilotos, copilotos y mecánico de abordo (en adelante, MAB), de recalificación en ruta y MAB, e inicial de instructor de vuelo MAB, a personal aeronáutico.0011136 y 0011137 2429972-1 Crean Comisión Sectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar Informe sobre la evaluación integral de los procesos críticos de PROVÍAS NACIONAL y PROVÍAS DESCENTRALIZADO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 568-2025-MTC/01 Lima, 19 de agosto de 2025VISTOS: El Memorando N° 168-2025-MTC/01.03 del Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, el Memorando N° 1935-2025-MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes, el Memorando N° 2027- 2025-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transportes de alcance nacional e internacional; asimismo, ejerce competencia de manera compartida con los gobiernos regionales y gobiernos locales, en materia de infraestructura de transportes de alcance regional y local; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC, se crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, PROVIAS NACIONAL), encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, por Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, se dispone la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiendo a este último la calidad de entidad incorporante, y resultando a partir de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado (en adelante, PROVIAS DESCENTRALIZADO), adscrita al Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;Que, mediante Resolución Ministerial N° 564- 2025-MTC/01, se declara en reestructuración administrativa a PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO, acción orientada a realizar una evaluación integral de sus procesos críticos, con la fi nalidad de garantizar el funcionamiento transparente, seguro, e fi ciente y e fi caz de los referidos Proyectos Especiales, que a su vez permita optimizar su estructura orgánica y mejorar la calidad de sus servicios; asimismo, se dispone que dentro de un plazo de cinco (05) días se crea una Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de elaborar y presentar al Despacho Ministerial un Informe que contenga los resultados de la evaluación integral de los procesos críticos de PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO, en el marco de la reestructuración administrativa declarada; Que, de acuerdo con el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos; se crean formalmente por resolución ministerial del/de la titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades; disponiendo que sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros y que las comisiones, sean temporales o permanentes, no tienen unidades orgánicas; Que, a través del Memorando N° 2027-2025-MTC/09 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 0181-2025-MTC/09.05 de la Ofi cina de Modernización, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta de creación de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar el informe que contenga los resultados de la evaluación integral de los procesos críticos de PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO, en el marco de la reestructuración administrativa declarada por la Resolución Ministerial N° 564-2025- MTC/01; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario crear una Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y